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miércoles, 24 de septiembre de 2014

El Papa es uno y sólo uno (1 de 2) [por Roberto de Mattei]

Sobre la figura del Papa emérito ya escribí un artículo en este blog el 9 de marzo de 2014, en la entrada titulada: "¿Tenemos uno o dos papas?". Hice también referencia a ello el 28 de mayo de este mismo años en uno de los artículos de la serie "La vía de los hechos" [en concreto, el artículo 8 en su punto 14]. Hace poco cayó en mis manos un artículo de Roberto de Mattei, titulado "El Papa es uno y sólo uno", que me pareció muy interesante. Escribo aquí un extracto del mismo, en dos entradas (pues es demasiado extenso)

Entre las múltiples y versátiles declaraciones del Papa Francisco de los últimos tiempos hay una que merece ser valorada en todo su alcance.

En la rueda de prensa del 18 de agosto de 2014 a bordo del avión que lo llevaba de vuelta a Italia tras su viaje a Corea, el Papa afirmó, entre otras cosas:

"Pienso que el Papa emérito no es una excepción, sino que, después de tantos siglos, es el primer emérito. […] Hace 70 años los obispos eméritos eran una excepción, no había. Hoy los obispos eméritos son una institución. Creo que 'Papa emérito' es ya una institución. ¿Por qué? Porque nuestra vida se alarga y a una cierta edad no tenemos capacidad para gobernar bien, porque el cuerpo se cansa; la salud puede ser buena, pero no se tienen fuerzas para atender todos los problemas de un gobierno como el de la Iglesia. Y creo que el Papa Benedicto XVI hizo un gesto que de hecho instituye los Papas eméritos. Repito: quizás algún teólogo me diga que no es exacto, pero yo lo veo así. Los siglos dirán si es o no así, veremos. Usted podría decirme: '¿Y si usted no se viera capaz, en un momento dado, de continuar?'. Haría lo mismo, haría lo mismo. Rezaría mucho, pero haría lo mismo. Se ha abierto una puerta que es institucional, no excepcional".



La institucionalización de la figura del Papa emérito parecería, por consiguiente, un hecho adquirido. (…)

La hermenéutica "continuista" de Benedicto XVI se ha transformado en un gesto de fuerte discontinuidad, histórica y teológica.

La discontinuidad histórica surge de la rareza de la abdicación de un Papa en dos mil años de historia de la Iglesia. Pero la discontinuidad teológica consiste precisamente en la intención de institucionalizar la figura del Papa emérito. (…)

En los tiempos de crisis no hay que mirar a los hombres, criaturas frágiles y pasajeras, sino a las instituciones y a los principios inquebrantables de la Iglesia. El papado, en el que se concentra la Iglesia católica en muchos aspectos, se funda sobre una teología de la que hay que recuperar los puntos fundamentales. Pero hay un punto del que, sobre todo, no se puede prescindir. La doctrina común de la Iglesia ha distinguido siempre entre poder de orden y poder de jurisdicción. El primero se recibe a través de los sacramentos; el segundo, por misión divina en el caso del Papa o por misión canónica en el caso de los obispos y de los sacerdotes. El poder de jurisdicción deriva directamente de Pedro, que lo ha recibido a su vez inmediatamente de Jesucristo; todos los otros en la Iglesia lo reciben de Cristo a través de su vicario "ut sit unitas in corpore apostolico" (S. Tomás de Aquino, "Ad Gentes" IV c. 7).

El Papa, por consiguiente, no es un superobispo, ni el punto de llegada de una línea sacramental que desde el simple sacerdote, pasando por el obispo, asciende al Sumo Pontífice. El episcopado constituye la plenitud sacramental del orden y, por lo tanto, por encima del obispo no existe ningún otro carácter superior que pueda ser impreso. Como obispo, el Papa es igual a todos los demás obispos.

La razón por la que el Papa domina a cualquier otro obispo es la misión divina que desde Pedro se transmite a cada uno de sus sucesores, no por vía hereditaria, sino a través la elección legítimamente desarrollada y libremente aceptada.

Efectivamente, aquel que asciende a la cátedra pontificia podría también ser un simple sacerdote, o incluso un laico, que después de la elección sería consagrado obispo pero que es Papa no desde el momento de la consagración episcopal, sino desde el momento en que acepta el pontificado.

El primado del Papa no es sacramental, sino jurídico y consiste en el pleno poder de pacer, regir y gobernar toda la Iglesia, es decir, en la jurisdicción suprema, ordinaria, inmediata, universal e independiente de cualquier otra autoridad terrena (art. 3 de la constitución dogmática del Concilio Vaticano I "Pastor Aeternus").

El Papa, en una palabra, es aquel que tiene el supremo poder de jurisdicción, la "plenitudo potestatis", porque gobierna la Iglesia. Es por esto que el sucesor de Pedro es primero Papa y después obispo de Roma. Es obispo de Roma en cuanto Papa y no Papa en cuanto obispo de Roma.


(Continúa y acaba en la siguiente entrada)