Las Constituciones Apostólicas se publican como Bulas Papales debido a su forma solemne y pública. La categoría más alta después de una Constitución Apostólica es una Encíclica. Para conocer la importancia de los documentos pontificios se puede hacer clic aquí
Ejemplos de Constituciones Apostólicas tenemos la "Quo Primore Tempore" de Pío V (1570), sobre la Misa Tridentina (cuya lectura nos lleva a entender el porqué del "Summorum Pontificum" de Benedicto XVI, de 14 de Septiembre de 2007, según el cual la Misa Tradicional nunca había sido abrogada) y la "Munificentissimus Deus" de Pío XII (1950) acerca del dogma de la Asunción de la Virgen María en cuerpo y alma a los cielos. Puesto que son muy pocos los que conocen la Constitución Apostólica Veterum Sapientia de Juan XXIII (1962) hago aquí un extracto de lo que considero más relevante de ella:
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La lengua latina, por su naturaleza, se adapta perfectamente para promover toda forma de cultura en todos los pueblos: no suscita envidias, se muestra imparcial con todos, no es privilegio de nadie y es bien aceptada por todos. No se puede olvidar que la lengua latina tiene una estructura noble y característica; un estilo conciso, diverso, armonioso, lleno de majestad y dignidad, que contribuye de una manera singular a la claridad y a la solemnidad.
La lengua usada por la Iglesia debe ser no solamente universal sino también inmutable. Pues si se confiaran las verdades de la Iglesia católica a alguna o a varias lenguas modernas, aunque no fuera ninguna superior a las demás, sucedería ciertamente que, siendo diversas, no aparecería claro y suficientemente preciso el sentido de tales verdades y, por otra parte, no habría ninguna lengua que sirviese de norma común y constante, que pudiera regular el sentido exacto de las demás.
Pues bien, la lengua latina, sustraída desde hace siglos a las variaciones de significado que el uso cotidiano suele producir en las palabras, debe considerarse como fija e invariable, porque los nuevos significados de algunas palabras latinas exigidos por el desarrollo, por la explicación y defensa de las verdades cristianas, han sido ya desde hace tiempo determinados establemente.
Puesto que la Iglesia católica, al ser fundada por Cristo supera en mucho la dignidad de las demás sociedades humanas, es justo que no se sirve de una lengua popular aunque sea noble y augusta.
Además, la lengua latina que podríamos llamar con razón católica, al ser consagrada por el continuo uso que ha hecho de ella la Sede Apostólica, madre y maestra de todas las Iglesias, hay que guardarla como un tesoro ... de incomparable valor. (...)
Es una puerta que pone en contacto directo con las verdades cristianas transmitidas por la Tradición y con los documentos de la Doctrina de la Iglesia y, finalmente, es un lazo eficacísimo que une en admirable e inalterable continuidad la Iglesia de hoy con la de ayer y la de mañana.
No hay nadie que pueda poner en duda la especial eficacia que tienen tanto la lengua latina, en general, como la cultura humanística, para el desarrollo y formación cultural de los jóvenes. Pues ella cultiva, madura, perfecciona las principales facultades del espíritu; proporciona agilidad mental y exactitud en el juicio, desarrolla y consolida las jóvenes inteligencias para que puedan abarcar y apreciar justamente todas las cosas y, finalmente, enseña a pensar y a hablar con un gran orden.
Por estos merecimientos la Iglesia la ha sostenido siempre y la sostiene.
Si se ponderan bien estos méritos, se comprenderá fácilmente por qué, con tanta frecuencia, los Papas no solamente han exaltado la importancia y excelencia de la lengua latina, sino también han prescrito su estudio y su empleo a los sagrados ministros del clero secular y regular, denunciando claramente los peligros derivados de su abandono.
(...) Puesto que el empleo del latín se somete en nuestros días a discusión en muchos sitios, y muchos preguntan el pensamiento de la Santa Sede a este respecto, hemos decidido dar oportunas normas, que se enuncian en este solemne documento, para que se mantenga el antiguo e ininterrumpido uso de la lengua latina y, donde haya caído en abandono, sea absolutamente restablecido.
Después de haber examinado y cuidadosamente ponderado lo que hasta ahora hemos expuesto, conscientes de Nuestro oficio y de Nuestra autoridad, establecemos y ordenamos cuanto sigue:
(...) 3. Como está establecido por el Código y por Nuestros Predecesores, los aspirantes al sacerdocio, antes de comenzar los estudios propiamente eclesiásticos, deben ser instruidos con sumo cuidado en la lengua latina por profesores expertos, con métodos adaptados y durante un período razonable, para que no suceda que, llegados a las disciplinas superiores, por una culpable ignorancia del latín, no puedan entenderlas plenamente y mucho menos ejercitarse en las disputas escolásticas con las que las mentes juveniles se preparan para la defensa de la verdad. Estas normas también tienen valor para los que han sido llamados por Dios al sacerdocio ya en edad adulta, sin haber realizado estudios clásicos o demasiado insuficientes. Ninguno, pues, podrá ser admitido al estudio de la filosofía o de la teología, sin estar suficientemente instruido en esta lengua y sin dominar su empleo.
(...) 8. Ordenamos también a la Sagrada Congregación de Estudios que prepare una reglamentación de los estudios latinos —que deberá ser seguida por todos fielmente— para que cuantos la cumplen puedan obtener un conveniente conocimiento y empleo de esta lengua.
(...) Cuanto con esta constitución hemos establecido, decretado, ordenado e impuesto, queremos y mandamos con nuestra autoridad, que quede todo firme y sancionado definitivamente, y que ninguna otra prescripción, concesión o costumbre, aun digna de especial mención, tenga vigor en contra de cuanto aquí se ordena.
Dado en Roma. junto a San Pedro, el 22 de febrero, fiesta de la Cátedra de San Pedro, el año 1962, cuarto de Nuestro Pontificado.
JUAN XXIII
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Así se demostró posteriormente en un estudio que encargó el Papa Juan Pablo II sobre la Forma Tradicional del rito romano, en el año 1986, a una Comisión de nueve cardenales expertos (entre ellos el cardenal Ratzinger, junto a otros como Mayer, Oddi, Stickler, Casaroli, Gantin, Palazzini, Tomko e Innocenti). Como resultado del mismo se dictaminó que la Misa Tradicional aprobada por San Pío V jamás había sido derogada ni jamás podría serlo .
Aun así, hemos tenido que esperar todavía casi veinte años, cuando el cardenal Ratzinger que ocupaba entonces la silla papal (año 2007) con el nombre de Benedicto XVI, en su motu propio "Summorum Pontificum" afirmó explícitamente que "es lícito celebrar el Sacrificio de la Misa según la edición típica del Misal Romano promulgado por el beato Juan XXIII en 1962, que nunca se ha abrogado, como forma extraordinaria de la Liturgia de la Iglesia".
Dada la extrema importancia de esta cuestión y su influencia capital en el futuro para la supervivencia de la Iglesia Católica, dedicaremos a ello alguna entrada más en este blog.
José Martí