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miércoles, 13 de junio de 2018

EL CASO ANGELELLI (I) (Capitán Ryder)



Ya he comentado otras veces que después de Francisco nada será igual. Y soy de los que piensan que la crisis viene de muy atrás, que centrar todo en los últimos 5 años es muy ingenuo, o es estar muy ciego, según se mire.
Pero lo de Francisco ya es imposible calificarlo. Como decíamos de críos “se sale del mapa”.
La última, y relacionada con el post de ayer, es la beatificación de Angelelli.
Pero antes de entrar en materia centremos la cuestión de las canonizaciones, ¿Son o no infalibles?
Tomo una entrada muy interesante del blog infocaotica y 2 comentarios, no menos relevantes, de uno de los lectores del blog, Miles Dei.
OPCION A- LAS CANONIZACIONES NO SON INFALIBLES
Dice el dominico Daniel Ols
Cuando se canoniza a alguien, se afirma que, a causa de la santidad de su vida, manifestada en la heroicidad de sus virtudes, o a causa del testimonio de su martirio, esa persona singular está en el paraíso. Se presentan, por tanto, dos aspectos en una canonización: por una parte, la afirmación, que podríamos considerar, sin más, como definible, que quien practica las virtudes cristianas va al paraíso; y, luego, por otra, la aplicación de dicha afirmación a una persona singular. Ahora bien, así como se puede demostrar fácilmente que la proposición general está contenida en la Revelación, es igualmente evidente que el hecho de que Ticio o Cayo haya llegado a ser un santo, no está contenido de manera explícita ni implícita. Se dice, entonces, por lo general, que estamos aquí ante un «hecho dogmático». Y si al menos quien examina el problema se detiene aquí, concluye que la Iglesia puede canonizar de manera infalible.
Pero las cosas tal vez no sean tan simples, porque el caso de la canonización no es exactamente similar al de la condena de un hereje. En el caso de la condena, es claro que estamos frente a un grave peligro para la fe de los cristianos y que la individuación precisa de tal peligro es necesaria para su preservación. Cuando se trata de canonizaciones, en cambio, no encontramos nada de eso. Se trata de un movimiento espontáneo de la Iglesia que considera bueno proponer a una persona a la veneración de los fieles. En caso de error, no resultaría un daño mortal para la fe, aunque ello sería, evidentemente, muy desagradable.
En otras palabras, que los fieles se vuelvan seguidores de Lutero, sería de una gravedad mortal para ellos; que veneren, por absurdo, a un santo que, en realidad, estaría en el infierno, no tiene tal gravedad y puede, lo mismo, ayudar a su vida cristiana, porque la veneración se dirige a esa persona únicamente en cuanto la consideran santa, amiga de Dios
A fortiori, se debe reconocer que la veneración de santos dudosos e incluso inexistentes (S. Filomena) aunque, evidentemente, es algo no deseable, no causa de todas formas ningún daño a la fe de los devotos (v. S. Juan María Vianney), y ello por el mismo motivo, es decir porque se veneran estos personajes por razón de sus (supuestas) virtudes, signo de su (supuesta) unión con Dios. No hay, ni siquiera motivo para pensar que las plegarias elevadas mediante la intercesión de estos pseudo-santos, sean necesariamente vanas.
Por esto, no siendo la canonización de tal o cual persona necesaria para la custodia y defensa del depósito de la fe, no parece que la materia de la canonización sea tal que pueda estar sujeta a la infalibilidad.
OPCION B - LAS CANONIZACIONES PUDIERAN SER INFALIBLES
Santo Tomás de Aquino
Sobre si todos los santos que han sido canonizados por la Iglesia están en la Gloria o hay algunos de ellos en el Infierno. Y parece ser que algunos de estos que han sido canonizados por la Iglesia podrían estar en el Infierno. Pues nadie puede estar cierto del estado de otro así como lo está de sí mismo, ya que las cosas del hombre nadie las conoce, sino el espíritu del hombre que está en él, como dice 1 Cor. 2, 11. Pero el hombre no puede estar cierto de sí mismo sobre si está en estado de salvación como dice Ecc. 9, 1: “nadie sabe si es digno de odio o de amor”. Luego mucho menos puede saberlo el PapaPor tanto, puede errar al canonizar.
Además, quienquiera que para juzgar se basa en un medio falible puede equivocarse. Pero la iglesia se basa en el testimonio humano para canonizar a los santos, ya que se informa de testigos sobre la vida y los milagros. Puesto que el testimonio humano es falible, parece ser que la Iglesia puede errar al canonizar a los santosPero en contra tenemos que en la Iglesia no puede darse un error capaz de dañar. Más aquí existiría un error capaz de hacer daño si se venerase como santo al que fue pecador, ya que algunos, conociendo sus pecados, creerían que esto es falso y, si así ocurriera, podrían ser conducidos al error. Por tanto la Iglesia no puede errar en tales cosas. 
Además, San Agustín dice en la epístola a San Jerónimo que si se admite alguna falsedad en las Sagradas Escrituras, dudaría nuestra fe, la cual depende de las Sagradas Escrituras. Pero así como tenemos que creer aquello que está en las Sagradas Escrituras, también tenemos que creer aquello que está determinado en común por la Iglesia. De ahí que se juzga al hereje que se expresa contra lo determinado por los Concilios. Luego en el juicio común de la Iglesia no se puede dar algo erróneo y resulta así igual que lo primero. 
Respondo. Debe decirse que algo puede juzgarse como posible considerado según ello mismo y encontrarse que es imposible en cuanto relacionado con algo extrínseco. Por tanto, digo que el juicio de aquellos que presiden la Iglesia puede equivocarse sobre cualquiera si se mira sólo a sus personas. Si por otro lado se considera a la Divina Providencia, que dirige con el Espíritu Santo a su Iglesia para que no se equivoque, tal como Él mismo prometió en Jn 16, 13, que al llegar el Espíritu enseñaría toda la verdad, es decir aquellas cosas necesarias para la salvación, es cierto que el juicio de la Iglesia universal es imposible que pueda errar en estas cosas que atañen a la fe. Por tanto hay que atenerse más a la sentencia del Papa, al que atañe determinar las cosas de la fe, que profesa como juicio, que a todas aquellas otras opiniones de los hombres sabios acerca de las Escrituras
Tenemos que Caifás, aunque era un malvado, como era Pontífice, se lee en Jn 11, 51, que también habría profetizado inconscientemente. Por el contrario, en todas las demás sentencias que atañen a hechos particulares, como son las que tratan de posesiones de bienes o de delitos o de cosas semejantes, es posible que el juicio de la Iglesia pueda errar a causa de testigos falsos
La canonización de los santos es algo intermedio entre estos dos tipos de sentencias. Como el honor que tributamos a los santos es cierta profesión de fe, por la que creemos la gloria de los santos, debe creerse piadosamente que tampoco pueda errar la Iglesia en este juicio. Por tanto a lo primero debe decirse que el Pontífice, a quien pertenece canonizar a los santos, puede cerciorarse del estado de alguien por un interrogatorio sobre su vida y el atestado de los milagros, y de modo principal por el instinto del Espíritu Santo, que todo lo escruta, aún lo más profundo de Dios. A los segundos debe decirse que la Divina Providencia preserva a la Iglesia para que no falle en tales cosas por el testimonio de hombres falibles.
Comentario de Miles Dei
Quizás, lo más interesante de toda la cuestión es la afirmación de Santo Tomás sobre que la sentencia de canonización es una sentencia intermedia entre algo que atañe a la fe y un hecho particular.
Santo Tomás no profundiza en ese aspecto intermedio, aunque muestra que tiene una clara parte de falibilidad como en las sentencias que no atañen a la fe. Pero el asunto lo resuelve por la infalibilidad al considerar la parte en que participa de la cuestión de fe, dado que el culto a un santo es “en cierta manera una profesión de fe” en la que un alma que conociera los pecados del sujeto (caso de un pecador que se hace santo) podría engañarse al respecto sobre lo que es la santidad a la que tributamos culto. Desde ahí cualquier objeción la resuelve por vía de la creencia piadosa en la Providencia que guía a la autoridad de la Iglesia en este asunto y la libera de los falsos testigos. No obstanteel hecho de figurar como quodlibet, implica precisamente que es un debate y que sigue abierto.
La cuestión está planteada pero añadiremos unas piezas más para completar el puzzle.
Capitán Ryder