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lunes, 19 de noviembre de 2018

El veto vaticano al episcopado de EEUU pone a la iglesia americana a merced de la autoridad civil (Carlos Esteban)



Hasta ahora, el argumento dado por los abogados de la Iglesia para impedir que la judicatura americana actuara colectivamente contra ella por el encubrimiento de casos de pederastia era que cada diócesis es una entidad autónoma que no recibía órdenes ‘corporativas’. Pero al vetar la aprobación de medidas contra el encubrimiento por parte de la Conferencia Episcopal de Estados Unidos y ser obedecida, Roma podría haber pulverizado esta ficción jurídica.

Según la Ley de Inmunidad Soberana Extranjera de 1976, no se puede llevar a juicio en Estados Unidos al gobierno de un Estado soberano, salvo en nueve casos excepcionales. Y uno de ellos, la ‘excepción de agravio’ (tort exception) fue el alegado en 2010 por el abogado William McMurray en el caso O’Bryan vs. la Santa Sede, en un tribunal de Kentuky, en el que, en nombre de un grupo de víctimas de abusos clericales, demandó la deposición del entonces Romano Pontífice, Benedicto XVI.

Perdido el caso, el tribunal de apelación comunicó que solo procedía un nuevo juicio si los demandantes conseguían probar que los obispos americanos actuaban siguiendo órdenes del Vaticano. En efecto, el abogado de la Santa Sede, Jeffrey Lena, había ganado el caso en primer instancia alegando que el Vaticano no era responsable de la política de los obispos norteamericanos relativa a la protección de los menores.

Y esto, sostiene en Breitbart News Benjamin Harnwell, es lo que hace tan peligrosa la intervención de última hora del Vaticano vetando la aprobación de dos medidas previstas para combatir el encubrimiento de abusos clericales por la Conferencia Episcopal de Estados Unidos. Al hacerlo, la Santa Sede parece haber despreciado los estrictos límites jurídicos que usó en su día para protegerse contra la acción judicial estadounidense.

Al someterse a la orden perentoria, los obispos dan a entender que deben dar cuenta a la Santa Sede de cuestiones operativas locales relativas a la política de abusos a menores. Esa admisión tendrá, con toda probabilidad, consecuencias imprevisibles en futuros litigios con el Estado Vaticano.

Teniendo en cuenta que ya ha habido, desde la primera ola de escándalos de esta naturaleza, varios intentos de hacer del Vaticano responsable subsidiario en casos de abusos clericales a efectos de indemnizaciones, es perfectamente imaginable que en el futuro los abogados de las víctimas se valgan de este precedente en demandas futuras y que se multipliquen las acciones legales que traten de hacer pagar al diminuto Estado miles de millones en indemnizaciones.

Carlos Esteban