DURACIÓN 15:18 minutos
Nosotros no hemos recibido el espíritu del mundo, sino el Espíritu que procede de Dios (1 Cor 2, 12), el Espíritu de su Hijo, que Dios envió a nuestros corazones (Gal 4,6). Y por eso predicamos a Cristo crucificado, escándalo para los judíos y locura para los gentiles, pero para los llamados, tanto judíos como griegos, es Cristo fuerza de Dios y sabiduría de Dios (1 Cor 1,23-24). De modo que si alguien os anuncia un evangelio distinto del que recibisteis, ¡sea anatema! (Gal 1,9).
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viernes, 30 de abril de 2021
¡AYUSO PIDE LA ABSTENCIÓN DEL PSOE PARA NO PACTAR CON VOX EN MADRID! || VOTAR AYUSO ES VOTAR CASADO
Isabel Díaz Ayuso ha abierto la posibilidad de una abstención del PSOE para no pactar con VOX un gobierno en la Comunidad de Madrid tras las elecciones del martes 4 de mayo. Una Ayuso, que ha dejado claro que votarla a ella es como votar a Casado y que su proyecto es el mismo que el proyecto del PP a nivel nacional.
Es decir, un acercamiento al PSOE mientras va diciendo que VOX es muy malo y Abascal mancha la sangre de las víctimas de ETA. Esto es el PP. Y para evitar que se apliquen las políticas progres en la Comunidad de Madrid, votar masivamente a VOX es esencial.
El más largo de Europa: Irlanda detiene un misterioso ritual de confinamiento
Irlanda suavizará sus medidas Covid-19 a partir del 10 de mayo, según decidió el gobierno el 28 de abril. Esto beneficiará a las peluquerías, los viajes y las Misas.
No se permitirán las cenas en interiores antes de julio. La asistencia a Misa se limitará a 50 fieles, independientemente del tamaño de la iglesia, lo que demuestra una vez más que las medidas Covid son irracionales. Es un misterio que Irlanda haya tenido el confinamiento más largo de Europa.
Un artículo revisado en enero en el European Journal of Clinical Investigation no encontró “ningún efecto beneficioso significativo claro” de los confinamientos por Covid en Alemania, España, Estados Unidos, Francia, Inglaterra, Irán, Italia y Países Bajos, frente a las medidas voluntarias (= sin confinamientos) en Corea del Sur y Suecia.
El documento fue elaborado por Eran Bendavid, Christopher Oh, Jay Bhattacharya y el famoso John Ioannidis, todos ellos investigadores de Stanford.
The Big Reset Movie
Duración 18:02 minutos
THE BIG RESET
Amparado bajo el pretexto de una pandemia a nivel global, estamos asistiendo al mayor atentado perpetrado en la historia contra nuestros derechos y libertades fundamentales.
Mediante el MIEDO, en apenas un año se han llevado a cabo políticas que en condiciones normales nos parecerían impensables. Confinamiento de toda la gente en sus casas, represión policial, estados de alarma, control absoluto de los grandes medios de comunicación, implantación de censura informativa a nivel planetario, silenciamiento de cualquier voz disidente con campañas de descalificación, ausencia de debate, campañas de desinformación, utilización de fondos del Estado sin ningún control, así como el intento de una vacunación obligatoria a nivel mundial.
El poder siempre ha utilizado las crisis para instaurar un control totalitario sobre la población. Es lo que se llama la doctrina del shock, descrito por Naomi Klein,
en la que, a través de impactos en la psicología social a partir de desastres o contingencias y aprovechando la confusión y conmoción generales se puedan llevar a cabo reformas impopulares.
LA FALSA PANDEMIA: Asumida como real por todo el mundo, ha sido posible merced a una sociedad no acostumbrada a pensar por sí misma sino a asumir “verdades oficiales”. Orquestada mediante una estrategia basada en inexactitudes,
manipulaciones, bulos y mentiras de los actuales responsables de la Organización Mundial de la Salud, con la complicidad de grandes grupos de poder, la utilización descarada de grandes medios de comunicación y con el silencio cómplice de muchos científicos, médicos, investigadores, académicos, políticos, fiscales, jueces y magistrados y, en definitiva, a una sociedad acostumbrada a asumir las verdades impuestas desde los medios que nos desinforman.
El documental «The Big Reset» será enemigo de la censura, e intentará hacer llegar al mayor número de gente posible las opiniones de personas muy preparadas que están siendo sistemáticamente silenciadas por no comulgar con el pensamiento único y obligatorio que nos están intentando imponer. El documental tratará de generar debate, así como de resolver muchas de las preguntas que tenemos derecho a saber sus respuestas.
Una de las preguntas clave es porqué en los medios de comunicación apenas se habla de El Gran Reinicio, o El Gran Reseteo. El Gran Reinicio es una propuesta del Foro Económico Mundial (FEM) para reconstruir la economía de manera sostenible tras la pandemia de COVID-19. Enmarcado en el plan de los globalistas y su Agenda 2030, la actual pandemia se presenta como un “agente acelerador” de todas las políticas totalitarias que se están llevando a cabo a nivel planetario.
Esta idea lleva décadas gestándose. Para alcanzar el estado omnipotente, y llevar a cabo una transformación radical de la sociedad, es necesario un mayor intervencionismo y control de los gobiernos a través de organizaciones culturales y científicas. Con el pronunciamiento de una supuesta pandemia a nivel global, la libertad se enfrenta a un nuevo enemigo. La tiranía se disfraza de gobierno experto y dictadura benevolente. Los nuevos gobernantes no justifican su derecho al dominio debido a la providencia divina, si no que ahora reclaman el derecho a gobernar al pueblo en nombre de la salud y la seguridad universales, basándose en presuntas pruebas científicas.
Sería imposible orquestar un golpe de estado desde arriba, como están intentando llevar a cabo estos grupos de poder, sin contar con la ayuda de los grandes medios de comunicación. Hace tiempo que estos medios de comunicación no son independientes, si no que están controlados por grandes grupos alineados con las consignas globalistas. Su mecanismo de ingeniería social, hace que las empresas mediáticas sean instrumentos a las órdenes del poder. En ellos está la clave de la manipulación, la cual estamos viendo crudamente en esta pandemia.
Afortunadamente cada vez hay más profesionales del ámbito de la medicina,
la salud y el periodismo, así como de otras disciplinas que ponen en tela de juicio estas “verdades oficiales”. Desde la declaración de Great Barrington, firmada por más de 6.000 especialistas de todo el mundo y 50.000 personas, en la que se cuestiona con dureza las medidas de los gobiernos para hacer frente a la pandemia, pidiendo la reanudación de todas las actividades laborales, hasta el Mensaje de alerta internacional de profesionales de la salud a los gobiernos del mundo, firmado ya por un millar de profesionales, mayoritariamente médicos, pertenecientes al colectivo United Health Professionals, en la que denuncian que la COVID-19, es “la mayor estafa sanitaria del siglo XXI”.
Si nunca has oído hablar de todo esto que aparece aquí, es normal. Hay un intento deliberado desde los medios de comunicación de masas de esconder este tipo de información. Llevan un año apabullándonos con cifras y datos manipulados con la intención de confundirnos y hacernos perder el sentido de la realidad, mientras poco a poco van socavando nuestras libertades.
Sin embargo, existen personas valientes y muy preparadas en las disciplinas que les competen; desde epidemiólogos, genetistas, biólogos moleculares, bioquímicos, abogados, periodistas de prestigio y hasta Premios Nobel, que llevan denunciando desde hace tiempo la situación en la que nos encontramos. Estas son las personas a las que daremos voz en este documental, para hacer llegar al mayor número de gente posible un mensaje de verdad.
En este mundo que nos quieren pintar, la tendencia dominante es plegarse a la llamada “Nueva Normalidad”, que no es más que un estado anormal y antidemocrático de libertad controlada, bajo el pretexto de una supuesta enfermedad pandémica que asola al planeta, por ello han decidido que la presión no cambiará hasta que aceptemos sus condiciones. Y en este acto de soberbia, han corrompido los principios de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Pero esta vez han ignorado un detalle, inexistente en los conflictos anteriores, y es que ahora la masa, tiene voz.
Como dijo Abraham Lincoln, “Puedes engañar a todo el mundo durante un tiempo. Puedes engañar a algunos todo el tiempo. Pero no puedes engañar a todo el mundo todo el tiempo”.
NOTICIAS 29 de abril de 2021
ADELANTE LA FE
Cinco años después, las críticas a Amoris laetitia siguen sin respuesta (De Mattei)
MARCHANDO RELIGIÓN
Sobre la política desde una perspectiva del tradicionalismoSelección por José Martí
Declaración de las verdades relacionadas con algunos de los errores más comunes en la vida de la Iglesia de nuestro tiempo
«La Iglesia del Dios vivo, columna y cimiento de la verdad» (1Tim 3,15)
Fundamentos de la Fe
1. El sentido correcto de las expresiones tradición viva, Magisterio vivo, hermenéutica de la continuidad y desarrollo de la doctrina incluye la verdad que cada vez que se profundice en el entendimiento del Depósito de la Fe, sin embargo esta profundización no puede ser contraria al sentido que ha expuesto siempre la Iglesia en el mismo dogma, el mismo sentido y el mismo entendimiento (cf. Concilio Vaticano I, Dei Filius, sess. 3, c. 4: «in eodem dogmate, eodem sensu, eademque sententia»).
2. «El significado mismo de las fórmulas dogmáticas es siempre verdadero y coherente consigo mismo dentro de la Iglesia, aunque pueda ser aclarado más y mejor comprendido. Es necesario, por tanto, que los fieles rehúyan la opinión según la cual en principio las fórmulas dogmáticas (o algún tipo de ellas) no pueden manifestar la verdad de modo concreto, sino solamente aproximaciones mudables que la deforman o alteran de algún modo; y que las mismas fórmulas, además, manifiestan solamente de manera indefinida la verdad, la cual debe ser continuamente buscada a través de aquellas aproximaciones.» Así pues, «los que piensan así no escapan al relativismo teológico y falsean el concepto de infalibilidad de la Iglesia que se refiere a la verdad que hay que enseñar y mantener explícitamente» (Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe, Declaración sobre la doctrina católica acerca de la Iglesia para defenderla de algunos errores actuales, 5).
Credo
4. Después de la institución de la Nueva y Eterna Alianza en Cristo Jesús, nadie puede salvarse obedeciendo solamente la ley de Moisés, sin fe en Cristo como Dios verdadero y único Salvador de la humanidad (cf. Rm 3,28; Gal 2,16).
5. Ni los musulmanes ni otros que no tengan fe en Jesucristo, Dios y hombre, aunque sean monoteístas, pueden rendir a Dios el mismo culto de adoración que los cristianos; es decir, adoración sobrenatural en Espíritu y en Verdad (cf. Jn 4,24; Ef 2,8) por parte de quienes han recibido Espíritu de filiación (cf. Rm 8,15).
6. Las religiones y formas de espiritualidad que promueven alguna forma de idolatría o panteísmo no pueden considerarse semillas ni frutos del Verbo puesto que son imposturas que impiden la evangelización y la eterna salvación de sus seguidores, como enseñan las Sagradas Escrituras: «El dios de este siglo ha cegado los entendimientos a fin de que no resplandezca para ellos la luz del Evangelio de la gloria de Cristo, el cual es la imagen de Dios» (2Cor 4,4).
7. El verdadero ecumenismo tiene por objetivo que los no católicos se integren a la unidad que la Iglesia Católica posee de modo inquebrantable en virtud de la oración de Cristo, siempre escuchada por el Padre: «para que sean uno» (Jn 17,11), la unidad, la cual profesa la Iglesia en el Símbolo de la Fe: «Creo en la Iglesia una». Por consiguiente, el ecumenismo no puede tener como finalidad legítima la fundación de una Iglesia que aún no existe.
8. El Infierno existe, y quienes están condenados a él a causa de algún pecado mortal del que no se arrepintieron son castigados allí por la justicia divina (cf. Mt 25,46). Conforme a la enseñanza de la Sagrada Escritura, no sólo se condenan por la eternidad los ángeles caídos sino también las almas humanas (cf. 2Tes 1,9; 2Pe 3,7). Es más, los humanos condenados por la eternidad no serán exterminados, porque según la enseñanza infalible de la Iglesia sus almas son inmortales (cf. V Concilio de Letrán, sesión 8.)
9. La religión nacida de la fe en Jesucristo, Hijo encarnado de Dios y único Salvador de la humanidad, es la única religión positivamente querida por Dios. Por tanto, es errónea la opinión según la cual del mismo modo que Dios ha querido que haya diversidad de sexos y de naciones, quiere también que haya diversidad de religiones.
10. «Nuestra religión [la cristiana] instaura efectivamente una relación auténtica y viviente con Dios, cosa que las otras religiones no lograron establecer, por más que tienen, por decirlo así, extendidos sus brazos hacia el cielo» (Pablo VI, exhortación apostólica Evangelii nuntiandi, 53).
11. El don del libre albedrío con que Dios Creador dotó a la persona humana, concede al hombre el derecho natural de elegir únicamente el bien y lo verdadero. Ningún ser humano tiene, por tanto, el derecho natural a ofender a Dios escogiendo el mal moral del pecado o el error religioso de la idolatría, de la blasfemia o una falsa religión.
La Ley de Dios
12. Mediante la gracia de Dios, la persona justificada posee la fortaleza necesaria para cumplir las exigencias objetivas de la ley divina, dado que para los justificados es posible cumplir todos los mandamientos de Dios. Cuando la gracia de Dios justifica al pecador, por su propia naturaleza da lugar a la conversión de todo pecado grave (cf. Concilio de Trento, sesión 6, Decreto sobre la justificación, cap. 11 y 13).
13. «Los fieles están obligados a reconocer y respetar los preceptos morales específicos, declarados y enseñados por la Iglesia en el nombre de Dios, Creador y Señor. El amor a Dios y el amor al prójimo son inseparables de la observancia de los mandamientos de la Alianza, renovada en la sangre de Jesucristo y en el don del Espíritu Santo» (Juan Pablo II, encíclica Vertitatis splendor, 76). De acuerdo con la enseñanza de la misma encíclica, es errónea la opinión de quienes «creen poder justificar, como moralmente buenas, elecciones deliberadas de comportamientos contrarios a los mandamientos de la ley divina y natural». Por ello, «estas teorías no pueden apelar a la tradición moral católica» (íbid.).
14. Todos los mandamientos de la Ley de Dios son igualmente justos y misericordiosos. Es, por tanto, errónea la opinión de que obedeciendo un mandamiento divino – como, por ejemplo, el sexto mandamiento que prohibe cometer adulterio – una persona puede, en razón de esa misma obediencia, pecar contra Dios, perjudicarse a sí misma moralmente o pecar contra otros.
15. “Ninguna circunstancia, ninguna finalidad, ninguna ley del mundo podrá jamás hacer lícito un acto que es intrínsecamente ilícito, por ser contrario a la Ley de Dios, escrita en el corazón de cada hombre, reconocible por la misma razón, y proclamada por la Iglesia” (Juan Pablo II, encíclica Evangelium vitae, 62). La divina revelación y la ley natural contienen principios morales que incluyen prohibiciones negativas que vedan terminantemente ciertas acciones, por cuanto dichas acciones son siempre gravemente ilegítimas por razón de su objeto. De ahí que sea errónea la opinión de que una buena intención o una buena consecuencia, pueden ser suficientes para justificar la comisión de tales acciones (cf. Concilio de Trento, sesión 6, de iustificatione, c. 15; Juan Pablo II, Exhortación Apostólica, Reconciliatio et Paenitentia, 17; Encíclica Veritatis splendor, 80).
16. La ley natural y la Ley Divina prohíben a la mujer que ha concebido a un niño matar la vida que porta en su seno, ya sea que lo haga ella misma o con ayuda de otros, directa o indirectamente (cf. Juan Pablo II, encíclica Evangelium vitae, 62).
17. Las técnicas de reproducción «son moralmente inaceptables desde el momento en que separan la procreación del contexto integralmente humano del acto conyugal» (Juan Pablo II, Evangelium vitae, 14).
18. Ningún ser humano puede estar jamás moralmente justificado, ni se le puede permitir desde el punto de vista moral, de quitarse la vida o hacérsela quitar por otros con el fin de escapar el sufrimiento. «La eutanasia es una grave violación de la Ley de Dios, en cuanto eliminación deliberada y moralmente inaceptable de una persona humana. Esta doctrina se fundamenta en la ley natural y en la Palabra de Dios escrita; es transmitida por la Tradición de la Iglesia y enseñada por el Magisterio ordinario y universal» (Juan Pablo II, Evangelium vitae, 65).
19. Por mandato divino y por la ley natural, el matrimonio es la unión indisoluble de un hombre y una mujer, ordenada por su propia naturaleza a la procreación y educación de la prole y al amor mutuo (cf. Gn 2,24; Mc 10,7-9; Ef 5,31-32). “Por su índole natural, la institución del matrimonio y el amor conyugal están ordenados por sí mismos a la procreación y a la educación de la prole, con las que se ciñen como con su corona propia” (Concilio Vaticano II, Gaudium et spes, 48)
20. Según el derecho natural y el divino, todo ser humano que hace uso voluntario de sus facultades sexuales fuera del matrimonio legítimo peca. Por tanto, es contrario a las Sagradas Escrituras y a la Tradición afirmar que la conciencia es capaz de determinar legítimamente y con acierto que los actos sexuales entre personas que han contraído matrimonio civil pueden en algunos casos considerarse moralmente correctos o hasta ser pedidos e incluso ordenados por Dios, aunque una de ellas o las dos estén casadas sacramentalmente con otra persona (cf. 1Cor 7, 11; Juan Pablo II, Exhortación Apostólica Familiaris consortio, 84).
21. La ley natural y Divina prohibe “toda acción que, o en previsión del acto conyugal, o en su realización, o en el desarrollo de sus consecuencias naturales, se proponga, como fin o como medio, hacer imposible la procreación.” (Pablo VI, encíclica Humanae vitae, 14).
22. Todo marido o esposa que se haya divorciado del cónyuge con quien estaba válidamente casado y contraiga después matrimonio civil con otra persona mientras aún vive su cónyuge legítimo, conviviendo maritalmente con su pareja civil, y que opte por vivir en ese estado con pleno conocimiento de la naturaleza de este acto y pleno consentimiento de la voluntad a este acto, está en pecado mortal y no puede por tanto recibir la gracia santificante ni crecer en la caridad. Por consiguiente, a no ser que tales cristianos convivan como hermano y hermana, no pueden recibir la Sagrada Comunión (cf. Juan Pablo II, exhortación apostólica Familiaris consortio, 84).
23. Dos personas del mismo sexo pecan gravemente cuando se procuran placer venéreo mutuo (cf. Lev 18,22; 20,13; Rm 1,24-28; 1Cor 6,9-10; 1Tim 1,10; Jds 7). Los actos homosexuales “no pueden recibir aprobación en ningún caso” (Catecismo de la Iglesia Católica, 2357). Así pues, es contraria a la ley natural y a la Divina Revelación la opinión que sostiene que del mismo modo que Dios el Creador ha dado a algunos seres humanos la inclinación natural a sentir deseo sexual hacia las personas del otro sexo, así también el Creador ha dado a otros la inclinación a desear sexualmente a personas del mismo sexo, y que es la voluntad del Criador que en determinadas circunstancias esa tendencia se lleve a efecto.
24. Ni las leyes de los hombres ni ninguna autoridad humana pueden otorgar a dos personas del mismo sexo el derecho a casarse, ni declararlas casadas, ya que ello es contrario al derecho natural y a la ley de Dios. “En el designio del Creador complementariedad de los sexos y fecundidad pertenecen, por lo tanto, a la naturaleza misma de la institución del matrimonio” (Congregación para la doctrina de la fe, Consideraciones acerca de los proyectos de reconocimiento legal de las uniones entre personas homosexuals, 3 de junio de 2003, 3).
25. Aquellas uniones que reciben el nombre de matrimonio sin corresponder a la realidad del mismo, no pueden obtener la bendición de la Iglesia, por ser contrarias al derecho natural y divino.
26. Las autoridades civiles no pueden reconocer uniones civiles o legales entre dos personas del mismo sexo que claramente imitan la unión matrimonial, aunque dichas uniones no reciban el nombre de matrimonio, porque fomentarían pecados graves entre sus integrantes y serían motivo de grave escándalo (cf. Congregación para la Doctrina de la Fe, Consideraciones acerca de los proyectos de reconocimiento legal de las uniones entre personas homosexuales, 3 de junio de 2003).
27. Los sexos masculino y femenino, hombre y mujer, son realidades biológicas, creadas por la sabia voluntad de Dios (cf. Gn 1, 27; Catecismo de la Iglesia Católica, 369). Es, por tanto, una rebelión contra la ley natural y Divina y un pecado grave que un hombre intente convertirse en mujer mutilándose, o que simplemente se declare mujer, o que del mismo modo una mujer trate de convertirse en hombre, o bien afirmar que las autoridades civiles tengan el deber o el derecho de proceder como si tales cosas fuesen o pudieran ser posibles y legítimas (cf. Catecismo de la Iglesia Católica, 2297).
28. De conformidad con las Sagradas Escrituras y con la constante Tradición del Magisterio ordinario y universal, la Iglesia no erró al enseñar que las autoridades civiles pueden aplicar legítimamente la pena capital a los malhechores cuando sea verdaderamente necesario para preservar la existencia o mantener el orden justo en la sociedad (cf. Gn 9,6; Jn 19,11; Rm 13,1-7; Inocencio III, Professio fidei Waldensibus praescripta; Catecismo Romano del Concilio de Trento, p. III, 5, n. 4; Pio XII, Discurso a los juristas Católicos, 5 de diciembre de 1954).
29.Toda autoridad en la Tierra y en el Cielo pertenece a Jesucristo; de ahí que las sociedades civiles y cualquier otra asociación de hombres esté sujeta a su realeza, por lo que «el deber de rendir a Dios un culto auténtico corresponde al hombre individual y socialmente considerado» (Catecismo de la Iglesia Católica, 2105; cf. Pio XI, Encíclica Quas primas, 18-19; 32).
Los sacramentos
30. En el Santísimo Sacramento de la Eucaristía tiene lugar una maravillosa transformación de toda la sustancia del pan en el Cuerpo de Cristo y de toda la sustancia del vino en su Sangre, transformación que la Iglesia Católica llama muy apropiadamente transubstanciación (cf. IV Concilio de Letrán, cap.1; Concilio de Trento, sesión 13, c.4). «Cualquier interpretación de teólogos que busca alguna inteligencia de este misterio, para que concuerde con la fe católica, debe poner a salvo que, en la misma naturaleza de las cosas, independientemente de nuestro espíritu, el pan y el vino, realizada la consagración, han dejado de existir, de modo que, el adorable cuerpo y sangre de Cristo, después de ella, están verdaderamente presentes delante de nosotros bajo las especies sacramentales del pan y del vino» (Pablo VI, carta apostólica Solemni hac liturgia, “Credo del pueblo de Dios”, 25).
31. Las palabras con las que expresó el Concilio de Trento la fe de la Iglesia en la Sagrada Eucaristía son idóneas para los hombres de todo tiempo y lugar, ya que son «doctrina siempre válida» de la Iglesia (Juan Pablo II, encíclica Ecclesia de Eucharistia, 15).
32. En la Santa Misa se ofrece a la Santísima Trinidad un sacrificio verdadero y propio, y este sacrificio tiene un valor propiciatorio tanto para los hombres que viven en la tierra como para las almas del purgatorio. Es, por lo tanto, errónea la opinión según la cual el Sacrificio de la Misa consistiría simplemente en el hecho de que el pueblo ofrezca un sacrificio espiritual de oración y alabanza, así como la opinión de que la Misa puede o debe definirse solamente como la entrega que hace Cristo de Sí mismo a los fieles como alimento espiritual para ellos (cf. Concilio de Trento, sesión 22, c. 2).
33. «La misa que es celebrada por el sacerdote representando la persona de Cristo, en virtud de la potestad recibida por el sacramento del orden, y que es ofrecida por él en nombre de Cristo y de los miembros de su Cuerpo místico, es realmente el sacrificio del Calvario, que se hace sacramentalmente presente en nuestros altares. Nosotros creemos que, como el pan y el vino consagrados por el Señor en la última Cena se convirtieron en su cuerpo y su sangre, que en seguida iban a ser ofrecidos por nosotros en la cruz, así también el pan y el vino consagrados por el sacerdote se convierten en el cuerpo y la sangre de Cristo, sentado gloriosamente en los cielos; y creemos que la presencia misteriosa del Señor bajo la apariencia de aquellas cosas, que continúan apareciendo a nuestros sentidos de la misma manera que antes, es verdadera, real y sustancial» (Pablo VI, Solemni hac liturgia, “Credo del pueblo de Dios”, 24).
34. «Aquella inmolación incruenta con la cual, por medio de las palabras de la consagración, el mismo Cristo se hace presente en estado de víctima sobre el altar, la realiza sólo el sacerdote, en cuanto representa la persona de Cristo, no en cuanto tiene la representación de todos los fieles. (…) Que los fieles ofrezcan el sacrificio por manos del sacerdote es cosa manifiesta, porque el ministro del altar representa la persona de Cristo, como Cabeza que ofrece en nombre de todos los miembros. Pero no se dice que el pueblo ofrezca juntamente con el sacerdote porque los miembros de la Iglesia realicen el rito litúrgico visible de la misma manera que el sacerdote, lo cual es propio exclusivamente del ministro destinado a ello por Dios, sino porque une sus votos de alabanza, de impetración, de expiación y de acción de gracias a los votos o intención del sacerdote, más aún, del mismo Sumo Sacerdote, para que sean ofrecidos a Dios Padre en la misma oblación de la víctima, incluso con el mismo rito externo del sacerdote”. (Pío XII, encíclica Mediator Dei, 112).
35. El sacramento de la Penitencia es el único medio ordinario por el que se pueden absolver los pecados graves cometidos después del Bautismo. Según el derecho divino todos esos pecados deben confesarse según su especie y su número (cf. Concilio de Trento, sesión 14, canon 7).
36. El derecho divino prohíbe al confesor violar el sigilo del sacramento de la penitencia fuere por el motivo que fuere. Ninguna autoridad eclesiástica tiene potestad para dispensarlo del secreto del sacramento, y tampoco las autoridades civiles están facultadas para obligarlo a ello (cf. CIC 1983, can. 1388 § 1; Catecismo de la Iglesia Católica 1467).
37.Por la voluntad de Cristo y por la inmutable tradición de la Iglesia, no se puede administrar el sacramento de la Sagrada Eucaristía a quienes estén objetivamente en estado de grave pecado público, y tampoco se debe dar la absolución sacramental a quienes manifiesten no estar dispuestos a ajustarse a la Ley de Dios, aunque esa falta de disposición corresponda a una sola materia grave (cf. Concilio de Trento, sess. 14, c. 4; Juan Pablo II, Mensaje al Cardinal William W. Baum, 22 de marzo de 1996).
38. Conforme a la constante tradición de la Iglesia, no se puede administrar el sacramento de la Sagrada Eucaristía a quienes nieguen alguna verdad de la fe católica profesando formalmente adhesión a una comunidad cristiana herética o oficialmente cismática (cf. Código del Derecho Canónico 1983, can. 915; 1364).
39. La ley que obliga a los sacerdotes a observar la perfecta continencia mediante el celibato tiene su origen en el ejemplo de Jesucristo y pertenece a una tradición inmemorial y apostólica, según el testimonio constante de los Padres de la Iglesia y de los Romanos Pontífices. Por esta razón, no se debe abolir esta ley en la Iglesia Romana por medio de la innovación de un supuesto celibato opcional de los sacerdotes, ya sea a nivel regional o universal. El testimonio válido y perenne de la Iglesia afirma que la ley de la continencia sacerdotal «no impone ningún precepto nuevo. Dichos preceptos deben observarse, porque algunos los han descuidado por ignorancia y pereza. Con todo, los mencionados preceptos se remontan a los apóstoles y fueron establecidos por los Padres, como está escrito: “Así pues, hermanos, estad firmes y guardad las enseñanzas que habéis recibido, ya de palabra, ya por carta nuestra” (2Tes 2,15). Lo cierto es que muchos, desconociendo los estatutos de nuestros predecesores, han violado con su presunción la castidad de la Iglesia y se han guiado por la voluntad del pueblo, sin temor a los castigos divinos» (Papa Siricio, decretal Cum in unum del año 386).
40. Por voluntad de Cristo y por la divina constitución de la Iglesia, sólo los varones bautizados pueden recibir el sacramento del Orden, ya sea para el episcopado, el sacerdocio o el diaconado (cf. la carta apostólica de Juan Pablo II Ordinatio sacerdotalis, 4). Es más, la afirmación de que sólo un concilio ecuménico puede dirimir esta cuestión es errónea, dado que la autoridad de un concilio ecuménico no es mayor que la del Romano Pontífice (cf. V Concilio de Letrán, sesión 11; Concilio Vaticano I, sesión 4, c.3).
31 de mayo de 2019
Cardenal Raymond Leo Burke, Patrono de la Soberana y Militar Orden de Malta
Cardinal Janis Pujats, Arzobispo emérito de Riga
Tomash Peta, Arzobispo de la arquidiócesis de María Santísima en Astana
Jan Pawel Lenga, Arzobispo-Obispo emérito de Karaganda
Athanasius Schneider, Obispo Auxiliar de la arquidiócesis de María Santísima en Astana
Cardenal George Pell: “Cristianismo liberalizado” es aburrido
La situación de la Iglesia en Alemania parece “ominosa”, con un porcentaje que va decididamente en la dirección equivocada, dijo el 27 de abril el cardenal George Pell, de 79 años, en el sitio web EWTN.com.
Para Pell está claro que -lo que él llama- un “cristianismo liberalizado”, ya sea catolicismo o protestantismo, “en una generación más o menos se fusiona con el agnosticismo”.
“Si adoptas las políticas del mundo y te limitas a seguir la corriente para que te aprueben, a nadie le va a interesar”, afirmó Pell, lo que implica que el “cristianismo liberalizado” es aburrido.
Él recuerda a los obispos alemanes su deber de mantener las enseñanzas de la Iglesia: “No tienen poder para cambiarlas, ninguno de nosotros lo tiene”.
Trombocitopenia trombótica inducida por la Vacuna Covid (Doctora Natalia Prego)
DURACIÓN 15:04 MINUTOS
https://medicosporlaverdad.net/trombocitopenia-trombotica-inducida-por-la-vacuna-covid
La Dra Prego nos explica las coagulopatia graves que han provocado las vacunas Covid-19 durante este 2021 y que muchas de ellas han llevado a la muerte de los pacientes. El estudio de las mismas se ha iniciado identificando una nueva entidad clínica, en este nuevo contexto médico. Esta nueva patología se denomina TROBOCITOPENIA TROMBÓTICA INMUNE INDUCIDA POR LA VACUNA COVID. Esa una entidad clínica ente muy parecía a la trombocitiponeia auto inmune inducida por heparina.
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