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viernes, 12 de febrero de 2021

Muerte en el Estado de Virginia



La noticia es de la semana pasada. Virginia es el primer Estado del sur de los Estados Unidos (y el 23º de la Unión) en abolir la pena de muerte. El Senado local aprobó la medida con una mayoría de 21 a 17 votos, mientras que la Cámara la aprobó con una mayoría de 57 a 41. El gobernador demócrata Ralph Northam anunció de inmediato que firmará el proyecto de ley correspondiente. Una vez aprobada, la ley tendrá el efecto de que no habrá más ejecuciones a partir de julio, mientras que las penas de muerte ya dictadas se conmutarán por cadenas perpetuas.

Al mismo tiempo, con mayorías similares, la Cámara y el Senado de Virginia han legalizado el uso de la marihuana con fines recreativos, y este también es un récord que la Virginia se adjudica entre los Estados del sur. Esta simultaneidad debería hacernos reflexionar sobre una cierta confusión moral del legislador virginiano (en lugar de legalizar la marihuana, ¿no habría sido mejor cuestionar la posible conexión entre las drogas y los crímenes atroces sancionados con la pena de muerte?). Pero el punto más doloroso es otro.

En la breve declaración que comenta el pasaje del proyecto de ley de abolición de la pena de muerte en el Senado, el gobernador dijo que «esta práctica es fundamentalmente injusta. Es deshumana. Es ineficaz. Y sabemos que, en algunos casos, hubo personas condenadas a la pena capital, de las que después se probó la inocencia».

¿Pero no es este el mismo Gobernador Northam quien, hace dos años, había suscitado gritos de horror por su comentario sobre la relajación de las restricciones a los abortos en el tercer trimestre? En una entrevista radial, el gobernador (de quien, siendo neurólogo pediatra de profesión, se presume que sabe lo que dice, al menos sobre estos temas) declaró: «Los abortos en el tercer trimestre se realizan cuando pueden existir deformaciones graves … Cuando una madre está en trabajo de parto, puedo decirle exactamente lo que sucede … El bebé es dado a luz y se mantiene en un estado confortable.. Luego, el bebé es resucitado si este es el deseo de la madre y su familia. Y después la madre y los médicos mantienen una conversación».

Ahora bien, como suele suceder, los llamados sites que pretenden restablecer los hechos discutiendo las declaraciones de los políticos, en realidad terminan ofuscando estos mismos hechos con fines políticos. El “fact-checking” -la verificación de los hechos- de la declaración del gobernador Northam es un ejemplo claro (ver, por ejemplo, de cómo, en defensa del gobernador, se trepa a los espejos).:Sin embargo, sea como sea, las palabras del gobernador (y de los Demócratas en general) no dejan lugar a dudas: una vez dado a luz (por lo tanto, ya ni siquiera es un aborto), la suerte del niño, es decir, si se le permite vivir o se le deja morir, es decidida en una afable charla entre la madre y los médicos, mientras que el bebé (¡nunca!) es mantenido en un estado confortable.

En pocas palabras, si se comparan las dos declaraciones del Gobernador Northam, por un lado están la inequidad y la inhumanidad de la pena capital, mientras que la posibilidad de no atender a un bebé nacido obviamente no sería ni injusta ni inhumana; y por otro, el horror de la ejecución de un condenado, presuntamente culpable, pero después juzgado inocente, mientras que el niño sin duda inocente puede ser dejado morir sin suscitar ningún horror.

Por otro lado, incluso si solo se verifican los números, alrededor de 1.300 personas han sido ejecutadas en Virginia en más de cuatro siglos a partir de 1608 y 111 a partir de 1976. Los datos relacionados con el aborto, en Virginia, son de una magnitud decididamente diferente: solo en el 2018, los abortos (al menos los registrados) superaron los 16 mil. Y si se tiene la paciencia de consolidar los datos (paciencia que hay que encontrar, dada la enormidad del crimen), se puede hacer una comparación entre el número de condenas a muerte (111) desde 1976 y el número de abortos en el mismo período (aproximadamente 4 millones), por lo tanto, 40 mil abortos por cada ejecución.

¿La moraleja de todo esto? Independientemente de lo que se piense de la pena de muerte y de su abolición, sería quizás conveniente tener el sentido de las proporciones. Si se guarda silencio sobre los abominables crímenes del aborto y del infanticidio (ante los cuales, por gravedad y número, todos los demás palidecen), cualquier alarde sobre la abolición de la pena de muerte tiene un sabor de hipocresía que sólo una parte de los Estados Unidos, la Demócrata de Biden y Northam, no advierte. Y sería oportuno que los legisladores abolicionistas de la pena de muerte pusieran al día sus conocimientos (o echaran un vistazo por primera vez) sobre la obra de Beccaria, quien, aunque portaestandarte de la crítica a la pena de muerte, no vacilaba en expresar el «justo horror» que merecen delitos como el infanticidio (Dei delitti e delle pene (De los delitos y de las penas, cap. 31), y presumiblemente el aborto (en la nota 7 del capítulo 31, los editores de una de las ediciones en inglés escriben que «aquí Beccaria probablemente se refiere a ambos delitos, el de infanticidio y el del aborto«: Cesare Beccaria, On Crimes and Punishments (5ta. edición Newman y Marongiu, 2009), pág.141).


martes, 18 de diciembre de 2018

Francisco tacha de inmisericordes a sus 264 predecesores (Carlos Esteban)



Su Santidad ha hecho una defensa del cambio en la secular doctrina católica sobre la pena de muerte, en la que ha achacado a todos sus predecesores en la Sede de Pedro de ser insuficientemente misericordiosos o, al menos, menos que él.

“En siglos pasados”, los papas ignoraron “la primacía de la misericordia sobre la justicia” al usar la pena de muerte, ha declarado el Santo Padre en una alocución dirigida a una delegación de la Comisión Internacional contra la Pena de Muerte, a la que llamó “forma inhumana de castigo”, que es ahora “siempre inadmisible”. “Ahora” y “siempre” parecen contradecirse ligeramente, pero nos limitamos a recoger las palabras de Su Santidad.

[Puede verse el siguiente video de Rome Reports de título Papa confirma oposición a la pena de muerte y pide acabar con la cadena perpetua]
 


Las palabras del Papa se refieren al cambio, este pasado 2 de agosto, del punto 2267 del Catecismo de la Iglesia Católica relativo a la licitud de la pena de muerte, que si hasta ahora se interpretaba de modo mucho más restrictivo que en los siglos anteriores, hoy queda ya completamente descartada. Reza así:
Durante mucho tiempo el recurso a la pena de muerte por parte de la autoridad legítima, después de un debido proceso, fue considerado una respuesta apropiada a la gravedad de algunos delitos y un medio admisible, aunque extremo, para la tutela del bien común.
Hoy está cada vez más viva la conciencia de que la dignidad de la persona no se pierde ni siquiera después de haber cometido crímenes muy graves. Además, se ha extendido una nueva comprensión acerca del sentido de las sanciones penales por parte del Estado. En fin, se han implementado sistemas de detención más eficaces, que garantizan la necesaria defensa de los ciudadanos, pero que, al mismo tiempo, no le quitan al reo la posibilidad de redimirse definitivamente.

Por tanto la Iglesia enseña, a la luz del Evangelio, que «la pena de muerte es inadmisible, porque atenta contra la inviolabilidad y la dignidad de la persona», y se compromete con determinación a su abolición en todo el mundo.

En su momento, la brusca iniciativa papal, llevada a cabo sin consultas ni estudios, generó un enorme debate sobre si había que considerar magisterio infalible lo que, al fin, contradecía un magisterio no menos infalible anterior y, en general, si la Iglesia podía ‘cambiar’ en cuestiones morales, en cuyo caso no habría manera de determinar cierto lo que se diga hoy, sabiendo que un Papa lo puede cambiar mañana.

Pero por las palabras pronunciadas ayer por Su Santidad, el caso recuerda al pasaje en que Cristo habla de cómo Moisés permitió el divorcio “por la dureza de vuestros corazones”. Según dijo, el nuevo punto “ahora expresa el progreso de la doctrina de los últimos Pontífices, así como el cambio en la conciencia del pueblo cristiano, que rechaza una pena que daña seriamente la dignidad humana”. Pero no se aferren con fuerza a ello, porque nada impide que la conciencia del pueblo cristiano vuelva a cambiar.

Si antes se admitía por parte de la Iglesia la pena de muerte como recurso válido del gobernante legítimo, eso se debe a una comprensión insuficientemente desarrollada de los “derechos humanos”, ha afirmado el Papa. “El recurso a la pena de muerte a veces se presentaba como consecuencia lógica y justa”, añadiendo que “incluso en el Estado pontificio se ha recurrido a esta forma inhumana de castigo, ignorando la primacía de la misericordia sobre la justicia”.

Y por eso “la nueva redacción del Catecismo también implica asumir nuestra responsabilidad por el pasado y reconocer que la aceptación de esta forma de castigo fue la consecuencia de una mentalidad contemporánea, más legalista que cristiana, que sacralizó el valor de leyes carentes de humanidad y de misericordia”

Otra vez esa “mentalidad contemporánea” que, obviamente, no será la misma dentro de cincuenta, cien o quinientos años.

Sin embargo, Francisco sostiene que el cambio “no es una “contradicción con la enseñanza del pasado”, sino el “desarrollo armonioso” de la doctrina, una doctrina que antes consideraba legítima la pena de muerte como último recurso de la autoridad legítima y hoy, a la luz del Evangelio, “es siempre inadmisible porque viola la inviolabilidad y la dignidad de la persona “. Tras lo cual instó a todos los estados que continúan usando la pena de muerte a “adoptar una moratoria con miras a abolir esta forma cruel de castigo”.

Carlos Esteban

lunes, 20 de agosto de 2018

PENA DE MUERTE (V). NOTAS DEL CAPITAN (i) (Capitán Ryder)




El tema de la modificación que, en el Catecismo, ha realizado Francisco creo que pone de manifiesto 3 temas relevantes. Ya estaban ahí, pero creo que ahora han quedado meridianos:
1- Las contradicciones del llamado catolicismo conservador. Por ahí no vendrá ninguna solución a la crisis que padece la Iglesia.
2- Que estamos ante un papado eminentemente político.
3- Que Francisco, una vez comprobado que no hay resistencias desde hace tiempo, hará lo que le dé la gana.
Me extiendo hoy sobre el segundo punto.
Desde el principio Francisco dio muestras que lo más interés despertaba en él eran las cuestiones políticas. No sólo eso, pronto dejó claro que utilizaría el poder que el papado otorgaba en influir en estas causas, y por muy chuscas que fuesen intentaría inclinar la balanza, siempre hacia la izquierda, por supuesto.
Sin tener esto en cuenta es imposible entender este papado. Da la sensación de que desearía ser Presidente de EEUU o Secretario General de la ONU.
En base a esta premisa es como actúa. Por un lado, todos los problemas, por grandes que sean, parecen que pueden tener solución exclusivamente en el marco de la política, y ahí se vuelca. Por supuesto el pecado poco o nada tiene que ver en esos problemas. Todo puede ser solucionado por la ONU, por una regulación aquí o allá, por una especie de Gobierno Mundial que a veces se insinúa. Por otro, como en todo programa político es necesario unos eslóganes, unas palabras que ayuden a reforzar una idea. Así, con un martilleo constante hemos oído: “los descartados”, “el discernimiento”, “el acompañamiento”, “la casa común”, “la Iglesia en salida”, “los migrantes”, “la autorreferencialidad” etc. Palabras que, creo, son irrelevantes en la historia de la Iglesia pero son sobre las que pivota el papado de Francisco. ¿Por qué? Porque asistimos a la puesta en marcha de un programa político, dicho en el peor sentido.
Desde el principio, el tema de la pena de muerte ha sido capital para él, aunque es un tema menor en comparación con muchos otros. La mayoría de los países del mundo no la aplican, y a los que la aplican indiscriminadamente, como China, Irán o Arabia Saudita no les va a hacer ningún reproche. Ya nos hemos hecho eco de los piropos que dedica a China. Y en este tema habría dos vertientes, una, la doctrina tradicional de la Iglesia, otra, las nulas garantías que tienen los condenados a muerte en los países donde se aplica. En la segunda no entra y la primera le da igual porque él tiene una idea política.
Por eso, no es sorprendente, que en el único país en que lanzase la piedra fueses EEUU, aunque aquí el reo tenga sus garantías.
En septiembre de 2015 viaja a EEUU y en el discurso ante el Congreso dice:
“La regla de oro nos recuerda la responsabilidad que tenemos de custodiar y defender la vida humana en todas las etapas de su desarrollo.
Esta certeza es la que me ha llevado, desde el principio de mi ministerio, a trabajar en diferentes niveles para solicitar la abolición mundial de la pena de muerte. Estoy convencido que este es el mejor camino, porque cada vida es sagrada, cada persona humana está dotada de una dignidad inalienable y la sociedad sólo puede beneficiarse en la rehabilitación de aquellos que han cometido algún delito. Recientemente, mis hermanos Obispos aquí, en los Estados Unidos, han renovado el llamamiento para la abolición de la pena capital. No sólo me uno con mi apoyo, sino que animo y aliento a cuantos están convencidos de que una pena justa y necesaria nunca debe excluir la dimensión de la esperanza y el objetivo de la rehabilitación”.
Estas declaraciones en el contexto que se realizan quedan como absolutamente abracadabrantes. ¿Y cuál es ese contexto?
  • El año anterior se habían practicado en EEUU 1.200.000 abortos y se habían llevado a cabo 28 ejecuciones. Francisco ya había manifestado en la primera entrevista que concedió a Antonio Spadaro que el tema del aborto no lo consideraba relevante, que no podíamos estar todo el día hablando de él y que él no le había dedicado apenas tiempo siendo obispo. A tenor de las cifras de unos y otras resulta cuando menos sorprendente.
  • Meses antes (julio) de la visita del Papa había estallado un escándalo de grandes proporciones, que los medios de comunicación habían intentado silenciar. David Daleiden y Sandra Merrit del Center for Medical Progress (CMP), con identidades falsas, se habían reunido con altos cargos de Planeed Parenthood (multinacional abortista) simulando estar interesados en la compra de órganos de bebes abortados. Esto último es delito en Estados Unidos. En los vídeos se puede ver que la venta de órganos, tejidos etc es práctica habitual de la compañía, empresa que recibía de la administración Obama más de 500 millones al año de subvenciones.
    Irónicamente, las personas que habían destapado el escándalo fueron denunciadas, entre otras cosas, por el intento de tráfico y compra de órganos de bebes, mientras la Administración Obama cerraba filas con la multinacional abortista y amenazaba con retirar fondos federales a todo aquel que intentase llevar a la justicia a la multinacional.
    Me consta, al menos, que David Daleiden es católico, y que denunció constantes amenazas de muerte desde que los vídeos salieron a la luz.
Pues sí, una vez visto el contexto, parecen una broma los discursos pronunciados por su Santidad en EEUU. Mucho más sorprendentes fueron sus risotadas y compadreos con Obama.
Meses después volvió a la carga en el VI Congreso mundial contra la pena de muerte que tuvo lugar en Oslo del 21 al 23 de junio, congreso patrocinado, entre otros, por Amnistía Internacional, de la que hay poco que decir.
En este Congreso el discurso ya estaba en la línea de la posterior modificación del Catecismo. En el mismo, manifestaba:
hoy día la pena de muerte es inadmisible, por cuanto grave haya sido el delito del condenado. Es una ofensa a la inviolabilidad de la vida y a la dignidad de la persona humana que contradice el designio de Dios sobre el hombre y la sociedad y su justicia misericordiosa, e impide cumplir con cualquier finalidad justa de las penas. No hace justicia a las víctimas, sino que fomenta la venganza. El mandamiento “no matarás” tiene valor absoluto y abarca tanto a los inocentes como a los culpables(…). No hay que olvidad que el derecho inviolable a la vida, don de Dios, pertenece también al criminal”.
Así proclama, por ejemplo, la inmoralidad de la Iglesia o del Dios del Antiguo Testamento. Una constante en este papado, no es problema arrastrar a la Iglesia, siempre que eso mejore la imagen de Francisco. De paso, se refuerza otra idea en las cabezas católicas, que las cosas pueden cambiarse, que la Iglesia puede proclamar hoy lo contrario de ayer y que eso es, por supuesto, porque ahora somos más “misericordiosos”.
Completaré esta idea en una próxima entrada.
Capitán Ryder

domingo, 19 de agosto de 2018

Leon Bloy: "La oposición creciente a la pena de muerte es consecuencia natural del declinar de la fe en la vida eterna" (Juan Manuel de Prada)



Un lector del blog nos manda estas aportaciones sobre la pena de muerte:
Afirmaba Léon Bloy que «la oposición creciente a la pena de muerte es consecuencia natural del declinar de la fe en la vida eterna». En efecto, en las sociedades que han dejado de creer en la vida eterna, esta pobre vida mortal se percibe como un bien absoluto que debe protegerse a toda costa; pues su pérdida equivale a una aniquilación definitiva. En cambio, en una sociedad religiosa, nuestra existencia terrenal tiene un valor relativo y el derecho a la vida propia impone unos deberes correlativos cuyo incumplimiento puede acarrear su pérdida. No olvidemos que, para una sociedad religiosa, el asesino, además de quitar la vida a otra persona, pone en peligro su salvación eterna, pues le impide ponerse en paz con Dios; es decir, obstaculiza los efectos benéficos de la redención y quiebra la nueva alianza que Dios selló con el hombre en la Cruz.
No encontramos en el Nuevo Testamento ninguna condena explícita de la pena capital. Jesús reprende a quien se toma la justicia por su mano (a Pedro cuando le corta la oreja a Malco en Getsemaní, a los discípulos que quieren atraer fuego del cielo sobre los samaritanos inhospitalarios); pero aprueba la pena de muerte para los que maldicen a sus padres (Mt 15, 4 y Mc 7, 10) y ni siquiera discute la autoridad de Poncio Pilatos para condenarlo a muerte. En los Hechos de los Apóstoles (5,1-11), Pedro dicta sentencia de muerte contra Ananías y su mujer Safira; y la sentencia la ejecuta Dios mismo. Y, en fin, en la Carta a los Hebreos (10, 28) se establece que debe morir sin misericordia quien haya profanado la Ley de Moisés. Todos los Padres y Doctores de la Iglesia se muestran unánimes en aceptar la pena de muerte, con tal de que al condenado se le permita salvar su alma (pues para esto fue instituida la Iglesia). Santo Tomás, por ejemplo, considera que la muerte de los malhechores es plenamente lícita cuando sus acciones constituyan un grave peligro para el bien común. Y sólo exige dos condiciones para que sea lícita la aplicación de la pena capital: que su motivación no sea el odio o la venganza; y que sea impuesta por una autoridad legítima.
Son estas condiciones las que tornan «inadmisible», conforme a la doctrina católica, la aplicación de la pena capital en nuestros días. Ya no existen gobernantes que se sometan a la ley divina y elaboren sus leyes conforme a ella; por lo tanto, su autoridad no es legítima. La pena de muerte, que siempre es indeseable, en manos de gobernantes inicuos se torna un instrumento temible que mañana mismo puede utilizarse, por odio o venganza, para perseguir y exterminar a los justos. Todas las demás razones contra la pena de muerte son paparruchas de un sentimentalismo divorciado de la razón, cuando no argumentos en los que subyace la negación del origen divino del Derecho y de la vida eterna. Escucharlos en ciertos labios provoca, en verdad, sobrecogimiento.
Chesterton advertía perspicazmente que, a medida que se restringía la pena de muerte, se favorecía la expansión del antinatalismo. Mientras el culpable que había empleado su existencia en infligir daño a los demás era perdonado, el inocente que apenas empezaba a existir era condenado a muerte. Y señalaba que, cuando la pena de muerte nos perturba más que los crímenes que la justifican, es porque en el fondo ya nos han dejado de perturbar los crímenes, incluso porque los crímenes han empezado a complacernos. Esta reflexión de Chesterton explica que haya personas que, a la vez que sacan pecho condenando la pena de muerte, se encojan ante el crimen legalizado de los inocentes. A esto se llama, en lenguaje apocalíptico, fornicar con los reyes de la tierra; y es lo que hace una señora de nombre muy feo.
Juan Manuel de Prada
El autor de este artículo no se atreve a citar al papa Francisco, quien reprueba la pena de muerte por motivos mundanos, elevados a rango de Catecismo, contradictorio con el de la Verdad, que siempre prevalecerá ante tamaña patochada.
El Oriente en Llamas

miércoles, 15 de agosto de 2018

Se les ha pedido a los Cardenales que reprendan a Francisco




En una iniciativa sin precedentes, 45 académicos y clérigos católicos han firmado una Apelación a los Cardenales, urgiéndoles a decirle al papa Francisco que él debe enseñar la verdadera doctrina católica respecto a la pena capital.

La apelación viene a continuación de una corrección al Catecismo de la Iglesia Católica anunciada el 2 de agosto por Francisco.

Se ha entendido que la corrección, confusamente redactada, dice que la pena capital es intrínsecamente inmoral. Esta afirmación es contraria a la Biblia y a la enseñanza de la Iglesia.

Los católicos sostienen que el Papa no tiene derecho a inventar nuevas doctrinas o a contradecir la enseñanza de la Iglesia.

El pedido recuerda a los cardenales que ellos tienen la grave obligación de advertirle a Francisco que retire el parágrafo objetable, y que él no debe “adulterar la palabra de Dios”.

No insiste en afirmar que la pena capital debe ser utilizada siempre en la práctica para los peores crímenes, dado que es un tema que los católicos pueden debatir libremente, más bien insiste en afirmar, en principio, la legitimidad de la pena de muerte.

miércoles, 8 de agosto de 2018

La pena de muerte: Francisco contra la Iglesia católica


Duración 17:47 minutos

RTV's 'Sunday Sermons from South St. Paul' blows the lid off Pope Francis's attempt to change the constant teaching of the Catholic Church on capital punishment. In what surely must be one of the most courageous sermons of 2018, this diocesan priest takes the gloves off and asks: 
"What's it going to be? The constant teaching established by Scripture, doctors and fathers of the Church, sainted popes and God Himself? Or that which rests on the whim of Pope Francis, who seems to think the Catholic Church’s binding teaching is whatever his opinion happens to be."
God help us, what is this man thinking, that in the middle of the most outrageous clerical sex scandal to date he decides it’s time to go after capital punishment...

Please share this sermon on social media and with family and friends everywhere. And for more information on this subject, see HERE and HERE.

Published in Remnant Articles

13 ‘dubia’ sobre la reforma del Catecismo (Carlos Esteban)



Ya adelanté alguna perplejidad en torno a la súbita reforma del Catecismo de la Iglesia Católica en su punto sobre la pena de muerte por Su Santidad, pena que pasa de ser lícita a “inadmisible”. 

Para aclarar mis dudas, me dispongo a exponerlas en formato de preguntas que sólo admiten un “sí” o un “no” como respuesta.

1- ¿Puede considerarse, como afirma Monseñor Luis Ladaria, Cardenal Prefecto de la Doctrina de la Fe, “desarrollo de doctrina” este cambio? 

El Beato John Henry Newman explicaba el ‘desarrollo de doctrina’ como una ampliación y aclaración de una doctrina previa, o una decisión sobre un punto no resuelto y en disputa. Pero, en este caso, disponemos de una prolongada, numerosa y unánime doctrina expresada por Papas, concilios y doctores de la Iglesia, siempre en el sentido de que es lícito para la autoridad legítimamente constituida recurrir en algunos casos a la pena capital para castigar delitos especialmente graves.

Incluso Juan Pablo II, personalmente contrario a la pena de muerte, no se sintió legitimado en este punto sino a recalcar qué pocos casos justificaban semejante extremo, dejando, sin embargo, explícita su licitud en último término.

¿Puede llamarse ‘desarrollo de doctrina’ decir que NO es lícito lo que la doctrina anterior define como lícito?

2- Monseñor Ladaria da a entender que no hay contradicción porque la ‘inadmisibilidad’ ahora decretada se explica por un cambio en las circunstancias, en concreto, porque hoy se dispone supuestamente de medios que aseguran la protección de la sociedad sin necesidad de aplicar esta pena.

¿Significa eso que la nueva ‘inadmisibilidad’ es solo aplicable ‘ex tempore’, mientras se mantengan las actuales circunstancias tecnológicas y económicas? ¿Voverá ser admisible si se pierden esas condiciones, o allí donde incluso hoy no existan?

3- Partiendo de la misma premisa, si la ‘inadmisibilidad’ de aplicar la pena de muerte depende del citado cambio en los avances del desarrollo penitenciario, ¿no hubiera quedado cubierta por la redacción anterior, que excluye la pena de muerte cuando puedan cumplirse los mismos fines por otros medios?

4- ¿Qué significado preciso hay que entender por ‘inadmisible’? Por la enorme gravedad de sus pronunciamientos, las declaraciones doctrinales siempre han usado un vocabulario extraordinariamente preciso y de términos reconocibles. ‘Inadmisible’ no es uno de ellos. ¿Quiere decir ‘intrínsecamente malo’, en cuyo caso no hay circunstancia que pueda hacerlo lícito y, por tanto, la Iglesia ha enseñado el error en esta materia durante siglos, condonando un tipo de homicidio?

5- En este sentido, la declaración recién aprobada condena la pena de muerte porque “es un ataque a la inviolabilidad y dignidad de la persona”. Si eso es así, ¿no debemos entender que la Iglesia ha estado gravemente equivocada hasta ahora al proclamar la licitud de la pena de muerte y que, por tanto, no puede haber ‘desarrollo de doctrina’, sino ruptura?

6- Partiendo de esa misma afirmación, ¿no es blasfemo pretender que Nuestro Señor Jesucristo, condenado a muerte, vio mermada su “dignidad como persona”? ¿No es inherente al ser humano y, por tanto, inalterable por circunstancias exteriores, la dignidad humana? ¿Debemos entender que, al ser condenados a muerte, sufrió la dignidad humana de los mártires que la Iglesia venera desde el principio hasta hoy mismo?

7- Al referirse a penas distintas alternativas a la de muerte, el texto papal dice de ellas que “no privan definitivamente al culpable de la posibilidad de redención”. ¿Debemos entender que los condenados a muerte se ven privados de esa posibilidad, pese a los incontables testimonios de condenados que se han arrepentido y pedido perdón de sus crímenes a las puertas del cadalso?
Si de la redención eterna se trata, ¿no es más probable que se preocupe por buscar el perdón de sus pecados quien ve su muerte cierta e inminente? Y si se refiere a otro tipo de redención -rehabilitación, reinserción social-, ¿es conveniente usar el mismo término que el que los cristianos consideramos eje central de la existencia? ¿Tiene, en definitiva, la Iglesia un interés doctrinal de peso para opinar sobre teorías penales mundanas?

8- ¿Debemos entender el nuevo punto del Catecismo como magisterio infalible, en virtud del hecho de que ha sido proclamado solemnemente por el Sumo Pontífice sobre una materia de moral? Y, si es así, ¿qué criterio hay para considerar al Papa reinante más infalible que sus predecesores, que enseñaron una doctrina claramente diferente sobre el mismo asunto? ¿Puede cambiar la verdad en algo que afecta a la “dignidad de la persona”? ¿Puede hacer el tiempo que lo ilícito sea lícito, o lo lícito sea ilícito, cuando se trata de bienes y males morales intrínsecos?

9- ¿Peca mortalmente el representante de la autoridad legítimamente constituida que admita la condena a muerte de un criminal, cumplidos todos los requisitos de determinación de culpabilidad más allá de toda duda?

Aparte de estas dudas de naturaleza básicamente moral y teológica, se me ocurren algunas otras que estarían de más en el escrito de un eclesiástico pero que me parecen oportunas en un periodista, a saber:

10- ¿Hay alguna razón de urgencia o especial interés para efectuar ese cambio de doctrina precisamente ahora? ¿Hay algún debate abierto sobre el asunto o se han expresado dudas graves, o de algún otro modo la actualidad ha llamado la atención sobre la pena de muerte, de modo que convenga justo ahora realizar este cambio?

No está la Iglesia de hoy exactamente falta de confusiones que claman por el juicio inapelable de Su Santidad, cuya primera misión encomendada por el mismo Cristo es “confirmar en la fe a sus hermanos”. A él se ha acudido recientemente, de hecho, por parte de algunos obispos alemanes para que aclare la licitud o ilicitud de dar la comunión a los cónyuges protestantes de fieles católicos o, ya de más larga data, las dudas de cuatro hermanos cardenales sobre la conveniencia de ofrecer la eucaristía a los divorciados vueltos a casar.

Y, sin embargo, en ninguno de los dos casos ha querido el Santo Padre disipar de modo tajante las dudas, sino que en el primer caso ha remitido la cuestión a las conferencias episcopales y, en el segundo, sencillamente ha permanecido en silencio.

En otras materias, la actualidad eclesial está hoy dominada por las olas de escándalos de abusos homosexuales por parte del clero que alcanzan altísimas figuras de la jerarquía y se remontan décadas en el pasado, en una crisis que clama por la atención decidida e indivisa del Papa. ¿Es éste el momento de pronunciarse sobre la pena de muerte, dando pábulo a la sospecha de que se trata de un intento de distraer la atención?

11- Si se considera apropiado el momento, ¿es apropiada la forma? ¿No es asentada costumbre, cuando un ‘desarrollo de doctrina’ es lo bastante grave como para dejar comprensibles espacios a la duda en la mente del fiel, propiciar una ordenada discusión teológica, encargar informes, solicitar consultas y, en fin, conocido por todos el asunto en discusión, dejarlo madurar durante un periodo razonable?

12- Atendiendo a esa misma forma unilateral y súbita, contradiciendo lo enseñado por la Iglesia hasta hoy sobre el particular, ¿cabe esperar nuevos cambios de doctrina en un espacio de tiempo previsible?

13- En atención, asimismo, a la circunstancia inexcapable de que el cambio coincide en la dirección y el espíritu de la corriente de pensamiento progresista que domina la vida pública en Occidente, ¿es de esperar nuevas formas de ‘aggiornamento’ con el espíritu de los tiempos, como podría ser, por ejemplo, un replanteamiento de la consideración que la Iglesia da a la condición homosexual e incluso a la licitud de las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo?

Carlos Esteban

lunes, 6 de agosto de 2018

La licitud de la pena de muerte es una verdad de fe católica (Roberto de Mattei)



La licitud de la pena de muerte es una verdad de fide tenenda, definida por el Magisterio ordinario y universal de la Iglesia, de manera constante e inequívoca. Quien afirme que la pena capital es en sí un mal incurre en herejía.
La doctrina de la Iglesia quedó claramente formulada en la carta del 18 de diciembre de 1208 en que Inocencio III condenó la postura valdense, con estas palabras que tomamos del Denzinger: «De potestate saeculari asserimus, quod sine peccato mortali potest iudicium sanguinis exercere, dummodo ad inferendum vindictan non odio, sed iudicio, non incaute, sed consulte prodedat» «De la potestad secular afirmamos que sin pecado mortal puede ejercer juicio de sangre, con tal que para inferir la vindicta no proceda con odio, sino por juicio, no incautamente, sino con consejo» (E. Denzinger, El Magisterio de la Iglesia. Manual de los símbolos. Definiciones y declaraciones de la Iglesia en materia de fe y costumbres, nº 425, Editorial Herder, Barcelona 1963).

Esta misma postura fue reiterada por el Catecismo del Concilio de Trento (Tercera parte, nº333) y el Catecismo de San Pío X (Tercera parte, nº 415). 

Ahora el papa Francisco ha firmado un rescriptum que modifica el Catecismo con esta nueva formulación: 
«La Iglesia enseña, a la luz del Evangelio, que la pena de muerte es inadmisible, porque atenta contra la inviolabilidad y la dignidad de la persona, y se compromete con determinación a su abolición en todo el mundo».
Según el prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, cardenal Luis Ladaria, el nuevo texto sigue las huellas de Juan Pablo II en la encíclica Evangelium vitae, pero la diferencia es como de la noche al día. Juan Pablo II considera en dicha encíclica que en las actuales circunstancias históricas la Iglesia debe ser partidaria de la abolición de la pena capital, pero afirma que la pena de muerte no es en sí injusta y que el mandamiento no matarás sólo tiene valor absoluto cuando se refiere «a la persona inocente» (nº 56-57). El papa Francisco, por el contrario, considera que la pena capital es de por sí inadmisible, con lo que niega abiertamente una verdad definida de modo infalible por el Magisterio ordinario de la Iglesia.

Para justificar está alteración invoca a la evolución de las circunstancias sociólogicas: 
«Durante mucho tiempo el recurso a la pena de muerte por parte de la autoridad legítima, después de un debido proceso, fue considerado una respuesta apropiada a la gravedad de algunos delitos y un medio admisible, aunque extremo, para la tutela del bien común. Hoy está cada vez más viva la conciencia de que la dignidad de la persona no se pierde ni siquiera después de haber cometido crímenes muy graves. Además, se ha extendido una nueva comprensión acerca del sentido de las sanciones penales por parte del Estado. En fin, se han implementado sistemas de detención más eficaces, que garantizan la necesaria defensa de los ciudadanos, pero que, al mismo tiempo, no le quitan al reo la posibilidad de redimirse definitivamente.»
Ahora bien, el concepto de dignidad de la persona no se altera en razón de los tiempos y las circunstancias históricas, del mismo modo que no se altera el significado moral de la justicia y de la pena

Pío XII explica que cuando el Estado recurre a la pena de muerte no pretende erigirse en dueño y señor de la vida humana, sino que simplemente reconoce que el propio criminal, por una especie de suicidio moral, se ha privado a sí mismo del derecho a vivir. Según el Santo Padre Pío XII, «aun en el caso de que se trate de la ejecución de un condenado a muerte, el Estado no dispone del derecho del individuo a la vida. Entonces está reservado al poder público privar al condenado del «bien» de la vida, en expiación de su falta, después de que, por su crimen, él se ha desposeído de su «derecho» a la vida» (Discurso del 14 de septiembre de 1952).

Por su parte, los teólogos y moralistas han explicado a lo largo de los siglos, desde Santo Tomás de Aquino hasta San Alfonso María de Ligorio, que la pena de muerte no se justifica por la mera necesidad de proteger a la sociedad, sino que posee además un carácter retributivo al restablecer un orden moral vulnerado, teniendo además un valor expiatorio, como en el caso del Buen Ladrón, que lo unió al supremo sacrificio de Nuestro Señor.

El nuevo rescriptum del Papa Francisco expresa el evolucionismo teológico condenado por San Pío X en la encíclica Pascendi y por Pío XII en la Humani generis, que no tiene nada que ver con el desarrollo homogéneo del dogma del que habló el cardenal John Henry Newman. La condición indispensable para el desarrollo del dogma es que las nuevas afirmaciones teológicas no contradigan la enseñanza anterior de la Iglesia, sino que se limiten a explicarla más y profundizar en ella.

En conclusión, que como en el caso de la condena del control de natalidad, no se trata de una opinión teológica que sea lícito debatir, sino de verdades morales que pertenecen al Depósito de la Fe y que por tanto es obligatorio aceptar para no dejar de ser católicos

Esperamos que los teólogos y Pastores de la Iglesia intervengan lo antes posible para corregir públicamente este último y grave error del papa Francisco.

(Traducido por Bruno de la Inmaculada/Adelante la Fe)
Roberto de Mattei

domingo, 5 de agosto de 2018

Los delirios de López Vidal (Carlos Esteban)




Exulta José Manuel Vidal, de Religión Digital, en un artículo en el que celebra jubiloso la decisión de Su Santidad de cambiar de un plumazo dos mil años de doctrina católica sobre la pena de muerte (‘Francisco, el Papa abolicionista’), y aprovechando que hace referencia a esta publicación con el cariñoso apelativo de ‘infovaticarcas’, nos ha parecido oportuno dedicar algún comentario a su confuso escrito. Por alusiones.

Empezaré por lo menor, para que no distraiga de lo importante; me refiero a esa lectura de las mentes y las intenciones en que con inefable candor suelen caer quienes siempre nos amonestan con la prohibición evangélica de juzgar. Así, Vidal SABE por qué nos preocupa la súbita iniciativa papal cuando escribe: “Les duele la decisión del Papa sobre la abolición de la pena de muerte, porque tantos ello como los políticos de su cuerda se quedan sin coartada eclesial. A partir de ahora, quien esté a favor de la pena de muerte está en contra de la doctrina oficial de la Iglesia”.

Personalmente, no he dedicado mucho tiempo de mi vida a pensar en la pena de muerte. Vivo en un país que la ha abolido hace décadas, no es exactamente un debate abierto y, lo que es especialmente importante, su licitud o ilicitud tiene una nula influencia en mi quehacer diario. No recuerdo ya cuándo fue la última vez que tuve que confesarme de ejecutar a un criminal.

No, el quid de todo el asunto está en ese párrafo, pero no en su lectura de nuestros negros corazones, sino en la expresión con que abre su última frase: “A partir de ahora”.

Uno es católico no porque crea que la Iglesia ha acertado con la verdad, a modo de una escuela filosófica especialmente clarividente y afortunada en sus argumentos, sino porque cree que está animada por Cristo, cuyas palabras “no pasarán” cuando hayan pasado tierra y cielo (probablemente, por culpa del cambio climático), porque sólo Él tiene “palabras de vida eterna”, es decir, que su mensaje es el mismo ayer, hoy y mañana, atemporal.

El texto de Vidal, en cambio, está cuajado de referencias temporales como la señalada, y ni siquiera de una forma coherente, sino que lo que es argumento a favor de algo se convierte milagrosamente en argumento en contra en el siguiente párrafo.
Imagino que no advierte, por ejemplo, la enorme ironía de su segunda frase, cuando dice: Durante siglos, la Iglesia contemporizó con la mentalidad del mundo y no sólo bendijo sino que aplicó la pena de muerte en los propios Estados Pontificios”. Es decir, la Iglesia se hizo culpable de defender una doctrina errónea porque “contemporizó con la mentalidad del mundo”, pero ahora hay que alegrarse del cambio francisquista porque “en una Iglesia ‘semper reformanda’, la doctrina no es sólo un museo para visitar, admirar e imponer, como creen ellos, sino una realidad viva, que se transforma y se regenera en consonancia con los signos de los tiempos, como ya dijera el Vaticano II”.
No hay que apurarse: Vidal sabe cuándo seguir al mundo está bien y cuándo está mal. Porque, naturalmente, si la Iglesia contemporizó con la mentalidad del mundo declarando lícita la pena de muerte, parece bastante obvio que prohibirla ahora vuelve a caer en el mismo ‘defecto’, que es virtud cuando la época de que se trata es la que, felizmente, le ha tocado en suerte al comentarista, más cuando este conoce bien ‘la dirección correcta de la historia’.

Es una paradoja que siempre me ha llamado poderosamente la atención, que quienes más acerbamente critican episodios como el juicio a Galileo o las Cruzadas sean siempre los mismos que nos urgen a adaptar la doctrina de la Iglesia a los tiempos que corren. Porque si la jerarquía eclesiástica pecó al condenar al físico italiano fue, precisamente, por imitar lo que entonces se hacía y por defender el ‘consenso científico’ de la época, y otro tanto puede decirse de el intento de recuperación por las armas de Tierra Santa.

Vidal parece creer, como el más burdo profeta apocalíptico, que viven en el Final de los Tiempos, al menos en el sentido de que las ideas hoy de moda son definitivas y que no habrá en cien, mil o diez mil años una generación que se sorprenda de que pudiéramos creer semejantes estupideces, como ha pasado siempre.

Decía Chesterton que solo la Iglesia Católica nos libera de la humillante esclavitud de ser hijos de nuestro tiempo, pero Vidal prefiere apuntarse a la tesis del finado Cardenal Carlo María Martini, inspirador del ‘grupo de San Galo’, que cita en este artículo, según la cual la Iglesia lleva “doscientos años de retraso”. ¿Respecto a qué? Al mundo, a la ‘intelligentsia’ de izquierda que conoce infalible el sentido de la historia.

De ahí que en seguida aproveche la ocasión para expresar la esperanza que es nuestro temor (por si le interesa, don José Manuel): 
“Francisco ha abierto una grieta en el bloque doctrinal que los infovaticarcas creen monolítico, eterno e inalterable. Y una vez abierta la rendija… ¿Por qué no se podría aplicar esta misma dinámica evolutiva doctrinal a otros temas como la moral sexual (léase anticonceptivos) o el acceso de la mujer al altar?”
Vidal parece no conocerse a sí mismo, al menos por lo que expresa en este artículo. Vidal cree en un “bloque doctrinal” tan “monolítico, eterno e inalterable” como nosotros, y por eso sabe que la Iglesia se equivocaba antes y acierta ahora. ¿Cómo saber si se avanza o se retrocede si no se tiene una idea de la ‘inalterable’ meta? Es, simplemente, que cree que todavía no hemos llegado allí, y que el Mundo -la opinión publicada dominante en Occidente, la progresista- nos lleva a los fieles “doscientos años” de adelanto.

Y esa es mi gran duda en todo esto. Si es siempre el mundo el que acierta -¡y con tantos años de diferencia!- y la Iglesia la que renquea detrás, desesperantemente lenta, ¿por qué no prescindir de la rémora? ¿Qué más claro ‘signo de los tiempos’ puede marcar como falsa a una institución que acertar solo con un retraso tan desesperante?

Si lo que quiere Vidal es retener el nombre de Cristo y esa vaga espiritualización comunal del ideario progresista ahí tiene a la Iglesia Anglicana, que consagra todas las ilusiones del periodista, desde obispas hasta sacerdotes casados y la mayor relajación de la moral sexual que pueda desear.

Carlos Esteban

Francisco se equivoca de nuevo: la Iglesia enseña que la pena de muerte es lícita



El padre Raymond Blake critica el 3 de agosto en Twitter el nuevo parágrafo del papa Francisco, insertado en el Catecismo de la Iglesia Católica que declara erróneamente que “la Iglesia enseña” que la pena de muerte es inadmisible.

Blake señala que esto “no es cierto, ni histórica ni fácticamente”.

El sentido común, la Biblia, toda la teología católica – incluyendo a Santo Tomás [de Aquino] – enseñan que la pena de muerte es justa y lícita como tal.

El padre Blake no propone una legislación que incluya la pena de muerte.


sábado, 4 de agosto de 2018

A propósito de la abolición de la pena de muerte, según Francisco (José Martí)



Esta noticia sobre la abolición de la pena de muerte en todos los casos, habidos y por haber, que niega una verdad definida dogmáticamente, es una herejía explícita. Además, en caso de aceptarla, se da pie a aceptar cualquier otra idea peregrina que se le ocurra al Papa de turno, en este caso Francisco, quien se arroga a sí mismo una autoridad que no tiene. No es su misión la de cambiar la Doctrina Católica, traicionando así el Mensaje que le ha sido confiado. 


Duración 1:47 minutos


- Con esta decisión unilateral, abroga nada menos que la prerrogativa de la infalibilidad papal,  la cual es un dogma de fe, según mis cortos conocimientos y si he entendido bien lo que se dice en un artículo de Adelante la Fe:
Una doctrina tan cierta de la Iglesia (la posibilidad de la pena de muerte, al menos en algunos casos), declarada por el propio Cristo en las Escrituras cuando al responder a la interpelación de Pilatos, el cual afirmaba tener derecho a aplicar la pena capitalJesús le dijo: «No tendrías ninguna autoridad sobre Mí si no se te hubiera dado desde lo Alto». Con ello afirmó que es una autoridad concedida al Estado aunque, como toda autoridad gubernamental, pueda ser ejercida de forma ilegítima e injusta. Si tal doctrina puede cambiar, cualquier cosa puede cambiar entonces
Un "desarrollo" [inversión] de la doctrina (...) puede tener consecuencias inesperadas: desde que la homosexualidad ya no sea intrínseca desordenada por naturaleza, según está definido, hasta la ordenación sacerdotal de mujeres, pasando por que en algunos casos se acepte el concepto luterano de la Presencia Real en la Eucaristía como una posible interpretación de lo que siempre ha creído la Iglesia, y así sucesivamente [p.e. sacerdotes casados]
El pontífice actual se ha excedido hasta lo indecible en su autoridad: su autoridad tiene por objeto salvaguardar la doctrina recibida de Cristo y de los Apóstoles, no alterarla con arreglo a sus ideas personales (...) Francisco ha vulnerado radicalmente las condiciones para que se cumpla el dogma de la infalibilidad pontificia definida por el Concilio Vaticano I. Ha cometido un abuso de autoridad haciendo como si tuviera unos poderes de los que carece.
- El catecismo Mayor de san Pío X es muy claro a este respecto, en el punto 415:
- ¿Hay casos en que es lícito quitar la vida al prójimo?  
-  Es lícito quitar la vida al prójimo cuando se combate en guerra justa, cuando se ejecuta por orden de la autoridad suprema la condenación a muerte, en pena de un delito y, finamente, en caso de necesaria y legítima defensa de la vida contra un injusto agresor.
- Y ya, puestos a ser lógicos, dado que Francisco habla de que la dignidad humana exige esta abolición universal de la pena de muerte, yo me pregunto: ¿Acaso no es el embrión una criatura humana con esa dignidad que le proviene, por cierto, de ser imagen de Dios? ¿Por qué, cuando se refiere al aborto, se limita a decir que eso es algo que todo el mundo sabe. Y que se encuentra en el catecismo. Sin embargo, en este caso, no es tan tajante, como  debería ser y como sabe ser, cuando le interesa "por las razones que sean", que sólo Dios conoce (aunque se están vislumbrando a todos, cada vez más, cada día que pasa). 

- La condena del asesinato a los niños que están en el seno de su madre, que son personas como nosotros, con su ADN bien definido y distintas a la persona de su madre, en eso sí que debería ser contundente: NO MATARÁS ... máxime cuando no se trata ahora de matar a asesinos, violadores, etc... sino de un crimen, consentido "legalmente" en muchos países, a personas inocentes que no pueden pueden defenderse y que no han hecho daño a nadie ... En cambio, calla ... o bien, cuando habla condenándolo, lo hace tarde (cuando ya se ha votado a favor del aborto, como en Irlanda) y lo hace tímidamente, lo cual no es propio en él, conociendo, como conocemos, su temperamento. Y el tema del aborto no es, precisamente, banal.

- En una próxima entrada me gustaría ahondar un poco más sobre la persona de Francisco.
José Martí

NOTA

Relación de algunos artículos relacionados con el cambio del punto 2267 en el Catecismo


INFOCATÓLICA

LIFE SITE NEWS



CNN

La Iglesia católica cambia sus enseñanzas: el papa declara la pena de muerte inadmisible

CRUX

Francisco cambia la enseñanza de la pena de muerte, diciendo que es 'inadmisible'


SECRETUM MEUM MIHI


ADELANTE LA FE

Lo que era negro ahora es blanco: el Papa altera el Catecismo para declarar que la pena de muerte es «inadmisible»


Por qué se equivoca el Papa con lo de la pena de muerte (Steve Skojec)

La pena de muerte. El anunciado fariseísmo de Bergoglio (Antonio Caponnetto)


ONE PETER FIVE
CATHOLIC FAMILY NEWS
Cambio del Papa a Catecismo no es sólo un juicio prudente, pero un rechazo del dog

El cambio del catecismo por el papa Francisco no es sólo un juicio imprudente sino un rechazo del dogma.

Selección por José Martí

viernes, 3 de agosto de 2018

Pena de muerte: "La Santa Sede está aparentemente equivocada"



La parroquia de la Fraternidad Sacerdotal de San Pedro, situada en Westwood (Kansas), ha colocado el siguiente anuncio en el boletín de este fin de semana

Estimados parroquianos,

Quizás hayan leído que la Congregación para la Doctrina de la Fe anunció recientemente que el Catecismo de la Iglesia Católica será corregido, para enseñar que la pena de muerte, es decir, la condena judicial para ajusticiar a un delincuente mediante la resolución de una autoridad competente, ahora ha de ser considerada siempre inadmisible.

Dejando de lado toda consideración de los detalles, y haciendo referencia solamente al principio general, esa posición es contraria a la ley natural y a la enseñanza perenne de la Iglesia.

La Santa Sede está aparentemente equivocada, y según mi punto de vista, ningún católico debería sentirse obligado por el Catecismo en este tema.

Por favor, recen por el Papa y por los obispos.

Nuestra Señora de Fátima, ruega por nosotros.

Padre John Fongemie

Ranjith, el Papa y la pena de muerte (Carlos Esteban)



Hablando de coincidencias desafortunadas: menos de un mes antes de que el Papa decidiera cambiar el Catecismo para condenar la pena de muerte, el Cardenal Malcolm Ranjith, arzobispo de Colombo apoya públicamente la decisión del presidente de Sri Lanka, Maithripala Sirisena, de aplicar la pena de muerte a los traficantes de drogas.

Sri Lanka no aplica la pena de muerte desde 1974, pero el pasado 11 de julio, el portavoz del presidente Maithripala Sirisena anunció que se había firmado la orden para empezar a aplicarla en casos extremos de asesinato, tráfico de drogas y violación.

Y la mayor autoridad eclesiástica de la isla, el Cardenal Malcolm Ranjith, declaró al día siguiente en una nota de prensa que la iglesia nacional apoyará la decisión sobre la pena capital para los traficantes de drogas que organizan sus delitos mientras permanecen en prisión.

El Cardenal, suponemos, basaba su decisión en la doctrina que la Iglesia ha mantenido durante siglos sobre la licitud de la pena de muerte aplicada por la autoridad legítima en casos extremos, tal como rezaba hasta ahora el punto 2267 del Catecismo de la Iglesia Católica promulgado por San Juan Pablo II en 1992: “Asumiendo que la identidad y la responsabilidad de la parte culpable se ha determinado por completo, la enseñanza tradicional de la Iglesia no excluye el recurso a la pena de muerte, si ésta es el único medio defender las vidas humanas contra el agresor injusto”.

Poco podía saber Su Eminencia que menos de un mes después de su declaración, el mismo punto se leería así: 

“Durante mucho tiempo el recurso a la pena de muerte por parte de la autoridad legítima, después de un debido proceso, fue considerado una respuesta apropiada a la gravedad de algunos delitos y un medio admisible, aunque extremo, para la tutela del bien común”.
“Hoy está cada vez más viva la conciencia de que la dignidad de la persona no se pierde ni siquiera después de haber cometido crímenes muy graves. Además, se ha extendido una nueva comprensión acerca del sentido de las sanciones penales por parte del Estado. En fin, se han implementado sistemas de detención más eficaces, que garantizan la necesaria defensa de los ciudadanos, pero que, al mismo tiempo, no le quitan al reo la posibilidad de redimirse definitivamente”.
“Por tanto la Iglesia enseña, a la luz del Evangelio, que «la pena de muerte es inadmisible, porque atenta contra la inviolabilidad y la dignidad de la persona»[1], y se compromete con determinación a su abolición en todo el mundo”.
El súbito cambio ha causado un gran revuelo por una serie de razones fácilmente comprensibles.

En primer lugar, ha sorprendido la oportunidad -o inoportunidad- del cambio, en un momento en que la Iglesia vive inmersa en una profunda crisis de nuevos escándalos de pederastia clerical a los que, a lo que parece, no se está dando otra respuesta que las vagas excusas, los ceses forzados e inevitables y las buenas intenciones que dejaron sin resolver el problema de fondo hace quince años.

Hay una gravísima alarma por la presencia abrumadora de depredadores homosexuales en los niveles más altos del estamento clerical, mientras que no existe debate reciente sobre la pena de muerte, un expediente cada vez más desprestigiado y raro en las democracias avanzadas, lo que ha llegado a algunos observadores a hablar de intento de distracción.

Por otro parte, aunque Monseñor Luis Ladaria, Prefecto para la Doctrina de la Fe, ha glosado el cambio como un mero ‘desarrollo de doctrina’ que completa pero no contradice la enseñanza anterior, es difícil ver cómo. En cuestión de horas, las redes sociales se llenaron de declaraciones de Papas, concilios, reputados teólogos y santos sosteniendo unánimes la doctrina recogida hasta ahora en el Catecismo, a saber: que la autoridad civil legítima puede lícitamente aplicar la pena de muerte en casos que lo requieran.

Es, por lo demás, lo bastante sólida -sin discrepancias doctrinales- como para que quepa pensar que se trata de dar la vuelta a una doctrina previa de la Iglesia. El desarrollo de doctrina puede aclarar enseñanzas disputadas o completar y ampliar otras ciertas, pero no contradecir una enseñanza anterior.

También se ha criticado la redacción de la enmienda, que tiene por única cita de autoridad las palabras del propio Francisco. Así, hablar de “sistemas de detención más eficaces”, es decir, se hace referencia a una circunstancia coyuntural que no afecta a todas las sociedades no puede garantizarse en el futuro para dictar una “inadmisibilidad” que se presume atemporal.

En el caso de Sri Lanka, por ejemplo, lo que se aduce es, precisamente, que la cárcel no solo disuade a los narcotraficantes, sino que incluso les sirve de base y sede para gestionar su actividad criminal. ¿Queda exento el caso por no constituir la prisión un “sistema de detención eficaz”? Suponemos que no, porque ya la anterior redacción de este mismo punto limita la licitud de la pena de muerte a los casos en que no exista otra medida de prevención eficaz, con lo que si se interpreta en este sentido, el cambio sería superfluo.

Ha sorprendido asimismo la extraña inclusión de esa afirmación de que la pena de muerte quita al reo “la posibilidad de redimirse definitivamente”. Evidentemente, solo puede estar refiriéndose a la reinserción social porque, desde luego, la pena capital no impide en absoluto la “redención definitiva” del reo, a menudo lo contrario: le da un urgente incentivo para poner su alma a bien con Dios.

Pero es, cuando menos, extraño que un Pontífice use una palabra tan central en nuestra fe como es la de “redención”, el fin último de nuestra existencia, para referirse meramente a reformar su conducta en años venideros, que parece más propia de una filosofía materialista que de la fe cristiana, para la que lo importante es asegurar la salvación eterna.

Por último, no pocos han señalado el inquietante precedente de “porque atenta contra la inviolabilidad y la dignidad de la persona”. Es lo bastante amplio y difuso como para aplicarse a cambios de peso en muchos otros casos de la doctrina de la Iglesia.

Carlos Esteban